Gracias por tu aportación, lombrosa. No estoy cobrando paro, así que no por ese lado, no pueden embargarme. Sí que he leído, que una vez con sentencia, en el caso de volver a trabajar, o más bien, si "algún día trabajara", me podrían embargar la nómina, al menos, lo que fuera la parte propocional hasta el sueldo mínimo. Eso no es del todo malo, dentro de lo "horrible" que ya es esta situación.
Hola compañero, a mi entender, en un juzgado te vas a ver en cuanto empiecen a reclarmarte lo que debes, es inevitable, no obstante, para esa ocasión, baraja la posibilidad de que te asista un abogado de oficio; en relación con las deudas, si no tienes bienes, o trabajo, no es posible el embargo ( que es la medida a esperar en el caso de no pagar), si estas cobrando el paro, en función de la cantidad que te abonen podrian embargarte una pequeña parte; no obstante estamos hablando de una deuda que tarde o temprano deberas afrontarla, ya que te perseguira toda la vida.
Me encuentro desempleado y este es el último mes que puedo pagar mis créditos: coche, y varias tarjetas. Total, unos 30.000 euros.
¿Qué puede ocurrir a partir de ahora, o qué tendría que hacer? No tengo propiedades y mi cuenta bancaria está rayando el CERO ABSOLUTO. Mi mayor temor es verme en un juzgado, pues devolver el coche es coche hecha, aunque tendré pendiente una parte del mismo, y las tarjetas por supuesto con crédito integro enduedado.
Les agradezco de antemao cualquier aclaración que puedan hacerme.