Veamos.
En su día se decidió restaurar la fachada por su deterioro por el paso del tiempo (entiendo).
Se pidieron presupuestos y se debió (la comunidad o una comisión de obras -varios vecinos- elegida por ella) aceptar el presupuesto más conveniente ( éste es el procedimiento).
En ese presupuesto vendría toda la reforma con sus calidades ( que deberían ser similares a las que tenía) y su precio por partidas ( azulejos, solería, piedra de fachada, pintura, mano de obras, etc...)
Se debió pedir permiso al ayuntamiento.
Se inicia la reforma y cuando le llega a la fachada de su local observan que la piedra que tiene, ya no existe o es de diferente color, etc...
Se elige otra piedra que es de mayor calidad ( supongo) y tiene un sobrecoste que quieren que le repercuta a usted. PUES NO.
Si hubiera sido usted el que la eligió sí sería factible ya que es usted el que pide esa mejora para su fachada, pero como no es así, la tiene que pagar la comunidad por coeficientes.
¿qué obligación tengo de pagar la reparación de la fachada?
Soy el propertario de un local desde más de 10 años, es un edificio protegido.La comunidad decidió para arreglar la fachada y se aprobó en la junta. Justo cuando tocó la parte de local la comunidad decidió cambiar las piedras y igual toda la fachada del local. Me llamo la secretaria para decir que hay que cambiar, una sorpresa para mi que me pudrieron que tendré que pagar algo, puedo un porsupuesto(nuca me llego).después de terminar la obra. Me llamo y dice que tengo que pagar algo y me he mandado las facturas. Pregunta- que obligación tengo yo? Nunca sé aprobó esto en junta. Ellos me pueden obligar pagar?? Hasta que %??? Han hechos en otras occasion arríelo de terraza, azoteas que yo sepa no han pedido los propertarios para pagar.Gracias