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Qué me puedo llevar si vendo mi proindivisos de vivienda

5 Comentarios
 
01/04/2018 13:34
gabbanna
Tengo junto con otras dos partes una casa en la que una de las partes la vende a precio fuera de mercado.
Si compro la otra parte que beneficios obtendría al tener el 66,6% de la propiedad frente al que me pone trabas para comprar su parte y si esa parte puedo obligarle a verdermela con un precio acorde con el mercado.
Puedo establecer los estatutos que crea oportunos como parte mayoritaria?

Gracias.
15/11/2017 07:34
gabbanna
Hola mi pregunta es si después de hacer la reserva de una mascota en un criadero y dar una paga y señal si dicho centro puede utilizar la mascota reservada para fines publicitarios sin previo aviso o permiso . En el contrato de reserva no pone nada al respecto Y bajo mi indignacion e impotencia una empleada me dijo que el cachorro no era mío hasta que lo pagara en su totalidad y que y aunque ellos me tenían que haber avisado y pedirme permiso ellos podían disponer del animal . Y si no estaba de acuerdo ellos lo entregarían a otra familia pero perdería el dinero que había dado El cachorro ha sido transladado a otra localidad por tres días dos días después de la reserva y no sé cómo y en que condiciones está. Mi pregunta es que puedo o debo hacer ? yo considero que El Centro no puede disponer de un cachorrrro que está reservado y es un ser vivo . Y además la negativa de devolverme el dinero si no estaba de acuerdo yo no pude llevarme el cachorro porque le faltaba una vacuna sin embargo ellos lo han cogido por tres días para fines lucrativos con los daos que pueden suponer al animal por no hablar de los sentimientos de mi familia y míos propios Rogaría una respuesta gracias.
13/11/2017 10:43
gabbanna
Lo normal, como en cualquier compraventa, es negociar eso antes, aunque sea verbalmente.
Si no, puedes llevarte los muebles, aquello que se puede mover, que no es una instalación fija. Por tanto no puedes llevarte ni el aire acondicionado ni los elementos de calefacción (caldera, radiadores, etc.) Tampoco elementos de cocina que estén empotrados de forma fija, tipo encimeras y demás. Eso se entiende como instalación fija que forma parte de la vivienda, igual que interruptores, bombillas, persianas, ventanas, etc. Todo lo demás es tuyo (lavadora, lavavajillas, etc.).
El resto háblalo con el comprador, a ver si le interesa quedárselo pagándote lo que convengáis o no, o incluso todo eso, que si no lo quiere y lo va a tirar o cambiar él, te lo puedas llevar si te interesa.
No suele ser un asunto que se trate judicialmente, ya que con el precio de una vivienda el valor de todo eso es ridículo, si acaso se trata cuando se negocia el precio. Cuando no pasa por lo que sea: si es fijo es de la vivienda, si no es del antiguo propietario, que debe llevárselo antes de la venta o el día de entrega que se pacte, si no será también del nuevo dueño.
13/11/2017 00:20
amadeo2002
Buenas noches Amadeo. No se trata de ser cutre o no que dicho sea de paso no creo que el insulto sea una respuesta . La pregunta es muy clara. Yo vendo un 50% de un indiviso sobre una finca y casa la cual está dividida físicamente en dos viviendas pero con una sola escritura. Por lo que cuando se compro eran las paredes a partir de ahí yo costee la división de mi parte asi como todas las instalaciones. En ningún momento se hablo ni se pactó de muebles, aparatos de aire acondicionado , radiadores etc. Por supuesto que entiendo porque hasta ahí llego que los elementos anclados se quedarán. Pero si hago una instalación de calefacción hace 2 años x 6.100euros y vendo x el 50% de tasación le sigue pareciendo cutre? Simplemente quiero saber si es legal o no llevárselo. Si no se ve capacitado para informarme guardese el insulto y astengase de comentarios. Gracias
13/11/2017 00:04
gabbanna
Mensaje eliminado
Qué me puedo llevar si vendo mi proindivisos de vivienda
12/11/2017 22:06
He vendido mi 50% de una vivienda proindivisos al copropietario. Es una casa de 2 plantas q hemos independizado de forma q uno vive arriba y yo abajo. Necesito saber que me puedo llevar de mi " casa" . En el contrato de arras no se especifica nada más que la venta de mi 50% y no hay ningún acuerdo ni verbal ni escrito de lo que se queda dentro o no. No se si me puedo llevar la caldera, cocina etc. O no. Alguien que me asesore por favor. Gracias