Los salarios de tramitación sólo cuentan cuando se ha reclamado el despido.
Si el trabajador está de acuerdo con el despido pero no con la cantidad, es una reclamación de cantidad, que no es lo mismo y aquí no cuentan los salarios de tramitación ya que el despido es efectivo.
En cuanto a reclamar el finiquito, puede hacerlo aunque lo firme ya que podría estar mal calculado, si finalmente se ve que es correcto, pues nada..
¿que me pueden reclamar en un despido improcedente?
Hola si yo Empresario hago un despido improcedente y el trabajador me firma todo (finiquito carta), sino se consigna la indemnizacion, que me podría reclamar el trabajador pasados los 20 días si el finiquito se ha hecho correctamente y ¿correrían los salarios de tramitacion si esto se lleva al SMAC y se le da la razon la Empresario?.