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¿que me corresponde?

2 Comentarios
 
19/08/2024 08:58
Si decide quedarse con la hipoteca (que es lo razonable si tiene la propiedad), te tendrá que pagar el 40% del valor de la propiedad que tenéis, que es el precio actual de mercado menos el restante de la hipoteca.
La operación (la mejor opción es la extinción de condominio) se hará en cambio sobre el valor total, teniendo que compensar el 40% del total a efectos fiscales, de lo que se deducirá del pago el restante de la hipoteca mediante redacción del notario ("se retiene la cantidad X en concepto de deuda hipotecaria" o algo así).
Tributará solo por AJD (solo el 40% que se transmite), más plusvalía municipal si procede (esta solo si ha habido incremento de valor desde la compra, y el municipio tiene desarrollado el impuesto).
Aparte estarán los gastos de notaría e inscripción en el Registro de la Propiedad.
18/08/2024 18:04
Arch
Ejemplo numérico

Supongamos que:

El chalet está valorado en 300,000 euros.
La hipoteca pendiente es de 100,000 euros.

Entonces:

Valor de tu parte: 300,000 euros * 40% = 120,000 euros.
Monto de la hipoteca que te corresponde: 100,000 euros * 40% = 40,000 euros.
Monto a recibir: 120,000 euros - 40,000 euros = 80,000 euros.

En este ejemplo, tu esposo te pagaría 80,000 euros por tu parte del chalet.
Consideraciones adicionales:

Gastos asociados: Es posible que haya otros costos asociados, como impuestos sobre la ganancia patrimonial, gastos de notaría, y otros gastos legales.
¿que me corresponde?
18/08/2024 15:24
Buenas tardes.
Hace 5 años compré un chalet con mi marido (casados en separación de bienes). El tiene el 60% de la propiedad y yo el 40%.
En el caso de separación, si él decide comprarme mi parte, ¿qué me corresponde teniendo en cuenta que aún tenemos una hipoteca ?