No es verdad. Lo único que se prevé es que la administración deberá hacer fijos a los interinos con más de 15 años de antigüedad (y eso, la única manera de hacerlo es convocando procedimientos especiales de oposiciones). Si no lo hace, deberá pagarles a esos interinos todos los trienios a que tendrían derecho si fueran funcionarios con efectros retroactivos.
Hola amigos. A ver si me podeis ayudar que yo del tema legal no se mucho por no decir nada. Yo soy interino laboral en un ayuntamiento. Ocupo una plaza de nueva creacion es decir que soy el primero que la ocupa y accedi a ella a traves dde examen.
El caso es que el otro dia hablando con un compañero me dijo que habia hablado con un antiguo asesor juridico del ayuntamiento que ya no esta aki y que le dijo que con la nueva ley todo aquel interino laboral que tenga una antiguidad de mas de 365 dias pasaria automaticamente a formar parte de la plantilla de fijo laboral del ayuntamiento. Es decir a a partir de los 366 dias de antiguedad como interino laboral.
Que hay de cierto en esto??.Yo es q no se ni a que ley se referia. Me podeis ayudar?
Un saludo enorme para todos y muchas gracias