Con respecto a este tema mi pregunta ahora es si Hacienda recoge en los datos fiscales esa operación de venta de esa vivienda, ya que los herederos y vendedores han sido 3 familiares en segundo grado y la vivienda se heredó y vendió en el mismo año 2017.
Gracias
Con respecto a esta consulta, ahora pregunto si tiene Hacienda constancia de esa operación y vendrá recogida en los datos fiscales de los tres familiares de segundo grado que heredaron la vivienda en el 2017 y la vendieron unos meses después pero en el mismo año. Normalmente, creo, queda constancia cuando la operación se hace por lo menos 1 año después de la herencia.
Si para la herencia, hace 3 meses, se valoró correctamente, es bastante lógico que ahora se venda en el mismo precio. No tiene por qué haber ningún problema, aunque ya sabemos que los políticos son insaciables, y no paran de intentar sacarnos los cuartos.
El causante la tenía pagada desde hace más de 40 años por lo que no ha tenido deducciones.
La duda está en si al vender por el mismo precio que fué tasada por Notario hace tres meses, Hacienda puede poner alguna pega con la intención de recaudar a costa de alguna de las dos partes.
Gracias, Pepe 123.
No hay ningún problema. La familia heredó el piso, pagó sus impuestos, etc. Herencia terminada.
Ahora viene un segundo acto, la venta de la misma (que NO tiene nada que ver con la herencia), pues se vende y punto. Al no ser vivienda nueva, el comprador no paga IVA, sino ITP, que es ese 8% que dice (varía según comunidades autónomas).
El único problema que pudiera existir es si en la herencia han tenido deducciones por vivienda habitual del causante, que es obligaría a mantenerla durante un dterminado número de años, por lo que si la venden ya, deberían "devolver" esas deduccioes.
Familia que recibe en herencia un piso y una plaza de parking. El notario tasó el piso en 88.000 euros y la plaza parking en 12.000 y así figuran en escritura por un total de 100.000 euros. Pagaron todos sus impuestos de ISD, plusvalía, mas gatos de notaria. Todo en regla. Ahora, tres meses después, se disponen a venderlo por el mismo precio que figura en escritura. 1)Cometen alguna infracción legal la parte compradora y la vendedora con esta operación? 2)Corren algún peligro ante Hacienda teniendo en cuenta que la operación se hace a los 3 meses dentro del mismo año 2017? 3)El comprador insiste en que él ha de pagar a Hacienda un 8%. Es esto así?
Gracias a quien pueda ayudar u orientar por lo mejor legalmente.