mi cliente vive y trabaja en Reino Unido como autónomo. Va a venir a España a vivir temporalmente y a seguir trabajando aqui (para clientes británicos e ingresando en un banco británico).
Entiendo que despues de 183 tendrá que pagar aquí el IRPF, pero ¿qué pasa si vive en España durante 100 dias en 2017 y otros 100 días en 2018?
- ¿Tiene que pagar IRPF?
- ¿iva?
- ¿Seguridad social?
- ¿Algún otro impuesto?