Las causas de indignidad para suceder están tasadas en la ley en el art. 852 y ss y 756 y solo son por negar alimentos sin motivo legitimo y este yo creo que no sria el caso puesto que su madre tiene medios económicos suficientes o haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra y usted no alega nada de esto solo que su hermano no se ocupa de su madre y no va a visitarla.
Pero eso es el pan nuestro de cada dia, ocurre la mayoria de las veces que cuando uno se ocupa de la persona enferma o mayor los demás se inhiben de sus obligaciones.
Un abrazo
Hola.
Lo primero es la incapacidad de tu madre tiene que declararla un Juez, no un médico, según el art. 200 son causas de incapacitación las enfermedades o deficiencias que no permitan a una persona gobernarse por si misma.
Por lo que si tu madre hizo testamento en el año 2000 y no se le declaró la incapacidad, en mi opinión ese testamento es válido.
En caso contrario haz caso de la respuesta anterior un asesor fiscal te asesorará de como quedarte con el dinero.
Saludos
Podrías intentar que tu madre abriera un plan de pensiones o un seguro a su nombre contigo como beneficiaria (son dos excepciones de la ley) para que tu hermano no tuviera acceso al dinero tras la muerte de tu madre. De todas formas, y dada la escasa cantidad de dinero de la que hablamos (desde el punto de vista fiscal) lo mejor es que acudas a algún experto fiscal de tu barrio y por unas consulta de unos 60 € como mucho, te dirá de entre 100 y 200 formas de quedarte con el dinero sin que tu hermano se entere siquiera. Obviamente, y por respeto a las normas del foro, yo no te voy a decir ninguna de esas formas. Eso queda en manos de tu madre que es la que debe tomar la decisión al respecto.
Esto es lo que siente mi madre cuando le explico que pese a que mi hermano se ha desentendido de ella, pese a que ella ha modificado el testamento a mi favor y pese a que ella quiere entregarme una cantidad (12.500 €) que está a punto de recibir por una herencia de una hermana suya, una vez falte ella, tendré que compartirlo todo con mi hermano por el hecho de que en el 2000 se le diagnosticó demencia tipo Alzheimer (os aseguro que mi madre a día de hoy es plenamente consciente de todo, conserva intacta su voluntad, nos conoce a todos, y es más, un neumólogo que la está tratando se quedó extrañadísimo cuando vió que se medicaba contra el Alzheimer y le prohibió la medicación) Hemos pedido una nueva revisión médica, pero el diagnóstico es el mismo (me temo que los médicos no quieren contradecir el diagnóstico de un primer especialista). Mi cuestión es la siguiente, ¿cómo quedarme los 12.500 € que mi madre me quiere entregar sin que luego mi hermano me los pueda exigir? Mi madre dice que no hay justicia, pues su idea era ingresarmelos en mi libreta pero parece ser que si lo hacemos así, se considera una donación y, una vez faltase mi madre, tendría que darle la mitad a mi hermano (!!qué injusto, cuando hace años que no ha venido a preguntar por su madre!!). No se si lo conveniente sería ponerlo en libreta de mi madre y poco a poco ir sacando el dinero ¿tendría luego qué justificar esos gastos para que no me exigiera mi hermano su parte? ¿qué puedo hacer? Deberas me daría mucha rabia que mi hermano luego tuviera los mismos derechos que yo, mi preocupación es mayor que mi hermano no se quede con el dinero, que por quedarmelo yo. Es más, mi madre tenía idea de regalarle a mi hija (que se casa proximamente) los muebles del comedor con la herencia que recibirá y no sabe si puede hacerlo. Grácias.