Divorciado hace 3 años, por motivos laborales cambié de ciudad de residencia al año de finalizar el proceso (mutuo acuerdo). He podido mantener 2 años una vivienda en la plaza donde viven mis hijos (uno de 20, otro de 18 y el menor de 14) y me he trasladado a verles cada dos semanas salvo motivo de fuerza mayor. Ahora ya dejo esta vivienda.
¿Qué hay que hacer para que sean los hijos los que se desplazen a verme a mí? ¿Los gastos de desplazamiento son a medias? En dos años he hecho 93.000 Kms de coche.Gracias
Pues menos el menor de edad los otros pueden decidir si ir a verlo o no. Y si usted no les paga el viaje difícil lo veo. Con la pensión que usted les pasa les llega para viajes? Digales a sus hijos que tendran que prescindir de comprarse ropa etc para gastarlo en viajes y a ver que les parece. Por que si lo que pretende es que su exmujer pague la mitad de los viajes es del todo absurdo, ya que del dinero de ella no tiene por que salir ese gasto, aunque pruebe a decirselo a ver si la convence que de todo hay por el mundo. También puede usted pagar los viajes de sus hijos y al menos no se molesta en hacer el viaje.
Si el convenio de mutuo acuerdo, se supone ratificado en el juzgado, indicaba que las visitas serían en la localidad e residencia de los hijos comunes (y por ello mantuvo una vivienda allí) allí deben seguir siendo para los que aún estén en edad de visitarse por sentencia (los mayores de edad ya tienen capacidad de decidir dónde y cuando visitarse con vd)
Si quiere variar el lugar de las visitas debe promover un cambio de medidas sobre visitas, con abogado y procurador, puede hacer un acuerdo con la otra parte o ir a contencioso si no llegan a acuerdo. Tanto en el acuerdo, que luego deberán ratificar en el juzgado y mientras no haya sentencia debe cumplirse el anterior, como si es contencioso puede plantear las variaciones que considere adecuadas.
De todos modos, si el acuerdo inicial implicaba visitas en la localidad de los hijos y Vd. las mantuvo derante tres años pudiera ser lógico que un juez, en contencioso, considerara que deben seguir siendo allí, o en caso de ser en su nueva localidad, que Vd. asuma los gastos, ya que es quien varió el domicilio y lleva asumiendo los desplazamientos desde entonces.
Jose Ramón, muchas gracias por la respuesta.
Efectivamente pensaba pagar los gastos de viaje íntegramente. Sólo tenía dudas de si existía jurisprudencia al respecto.