Gracias, quiero añadir que la empresa tiene un mal momento económico y le sería imposible hacer frente a los 45 dias. ¿exise la posibilidad de que el fogasa se hiciese cargo de esta situacion?
Debería presentar demanda por impago de cantidades en conciliación, el no pago del salario en fecha y de forma continua se considera falta grave del empresario y usted podría pedir rescisión del contrato vía artículo 50 con 45días por año de indemnización, dependerá del juez y del daño que le ocasionen estos atrasos.
Piense que ante los hechos que usted comenta seguramente ira a mas el incumplimiento de la empresa.
Cobré la gratis de Julio y el salario de ese mes el día 17 de Agosto, el mes de Agosto lo cobré el dia 17 de Septiembre,y el mes de Septiembre tras pedirlo tres veces me entregaron 500€ el dia 28 de Octubre, el resto 523€ me lo abonaron el dia 4 de Noviembre, y por supuesto el mes de Octubre lo tengo sin cobrar. Llevo 36 años en la empresa, y el mes de Abril contrataron un traajador para el reparto al que pagan entre el dia 1 y 5 del mes que corresponde. ¿que puedo hacer , y que repercusión puede tener?