Las deudas solo se pueden cobrar sobre el patrimonio del deudor. Faltando éste, no hay ninguna otra forma de cobrarlas. Si el salario no lo permite y no tiene otros bienes, ha de esperar usted mejor ocasión.
Primero que todo, gracias por contestar grisolía, a lo que yo me refiero es a que si no dispongo o no me interesa pedir la adjudicación, que otras vías tengo para cobrar la deuda?, gracias.
El ejecutado responde para siempre con todos los bienes presentes y futuros. Puede usted pedir que se le entregue la cosa subastada a cambio del pago del crédito. Si no le interesa esta opción, puede pedir la adjudicación por el 50%.
Buenas noches, mi pregunta casi está hecha ya en el tema. Es la siguiente, después de probar a embargar la nómina de mi ex inquilino, que me debe dinero y ponerse de acuerdo con su nuevo jefe para que en su nómina, sólo reciba el salario mínimo y así no poder embargársela, llegamos hasta la subasta y veo en internet, que si la subasta queda desierta, se alzará el embargo. ¿ que otras opciones me quedarían para seguir solicitando el cobro de la deuda, o todo remata ahí? gracias.