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Que hacer despues de casarme con una española

4 Comentarios
 
Que hacer despues de casarme con una española
11/09/2012 02:57
Hola, me he casado con una ciudadana española y la tarjeta me la entregan en 15 dias, quisiera saber q debo hacer cuando la reciba para empezar a buscar trabajo, debo de darme de alta yo en la seguridad social o lo hacen cuando consiga trabajo? lo de apuntarse en el paro para conseguir trabajo es una opción? agradezco de antemano cualquier respuesta que me ayude, y si algo se me escapa tambien, gracias
11/09/2012 11:49
Lo más importante es:
1- Ir al padrón e informar que se tiene número de NIE.

2-Mientras no trabajes, Ir a la seguridad social con tu esposa para que te incluyan como beneficiaro en su número y así obtener el derecho a la tarjeta sanitaria.

Lo del INEM no es obligatorio pero su muy recomendable. Puedes pedir número propio de la seguridad social si quieres, pero sin trabajar no sirve actualmente para nada.
14/09/2012 00:07
Gracias por la respuesta!.
Otra pregunta, Que tipo de permiso tendre? he estado viendo ofertas y hablan de tipo a, b, c, d y no se cual me toca?
14/09/2012 16:37
Si tu nacionalidad no es la de un comunitario, y esta casado con una española, te corresponde la residencia TARJETA FAMILIAR COMUNITARIO por un perido inicial de 5 años. Una vez renovada sera para 10 años.
15/09/2012 01:52
Hola. En efecto. Si es nacional de un Estado extracomunitario, tendrá derecho a la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. Estará sujeto al régimen comunitario, que es mucho más ventajoso que el general:

- La tarjeta tiene una vigencia de 5 años (con todo, si permanece fuera de España más de 6 meses en un año, se produce la caducidad por ausencia).

- Puede acceder a cualquier actividad, por cuenta ajena o por cuenta propia y en cualquier lugar del territorio español.

Luego, es posible circular por el espacio de Schengen. Pero no puede permanecer más de 90 días en territorio de otros Estados Schengen y mucho menos, realizar actividades lucrativas.

Es conveniente que obtenga su propio número de Seguridad Social y que se inscriba en el Servicio Público de Empleo Estatal. Esto último, aunque poco le sirva en la práctica, tiene un efecto probatorio importante: permite acreditar que la persona se halla buscando activamente empleo, que puede resultar útil.

Un cordial saludo.