En conclusión, que no debo molestarme en buscar abogado porque no depende de que sea mejor o peor, sino de que la legislación no da opción a la defensa (no se si es muy correcto decir ésto, pero es la triste realidad). Después de mucho buscar por Internet, las únicas sentencias que he encontrado (2 ó 3) eran con relación a "causas importantes" con peces gordos de por medio.
Tristemente cierto. Mentir sigue saliendo muy barato en este país. Y lo peor es que se puede arruinar la vida de cualquier inocente, como debe ocurrir todos los días.
Gracias por su respuesta. En realidad he sido absuelto no solo en este sino en todos los juicios, al igual que el resto de sus víctimas -porque yo no soy el único perjudicado-. La sentencia supongo que ya es firme puesto que no se ha recurrido. Me consta que tiene aun pendientes 3 juicios más con otros vecinos y no vemos la manera de pararla. No importa ni preocupan las sentencias, ya que al ser delitos inventados nadie va a ser condenado, pero si las molestias, los gastos, el tiempo, y... quién sabe si a fuerza de jugar a la lotería e ir aprendiendo con la experiencia, cualquier día incluso convence a algún juez. He estado revisando casos similares, y desde mi ignorancia en estos temas "alucino en colores" Parece ser que es necesario demostrar "intención y mala fe" ¿Es posible que en España sea tan fácil cometer este delito y quedar siempre impune, en función de la imposibilidad de demostrar lo que corre por el pensamiento del delincuente?
Por partes:
1)- Vd. puede denunciar por los hechos que crea que crea delictivos, pero ello no implica que su denuncia / querella acabe con la condena del acusado. Puede que en un principio el juez la archive o sobresea por no ver indicidios de delito, etc.
2)- Si, como vd. dice, es la cuarta vez que se ve perjudicado por esa señora denúnciela aportando todas esas absoluciones y espere a ver qué decide el juez. El hecho de que en la última denuncia haya sido absuelto no implica que vd. pueda denunciarla, a su vez, por falsedad ya que para ello se exigen los requisitos del art. 456.2 ("No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que
haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido")
3)- Art. 205. C.Penal: "Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad"
4)- Para tener derecho a la justicia gratuita hay que cumplir ciertos requisitos (no superar un determinado nivel de renta, litigar por asuntos propios, ...) recogidos en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita
5)- Todo proceso judicial se sabe como se inicia, pero nunca como acaba. No es tan caro como se dice, pero tampoco es gratis. Y respecto a su duración, es menor que antaño, sobre todo si no hay recursos.
Saludos.
He recibido una sentencia en la que se me absuelve por no haberse practicado prueba alguna y quisiera saber si debo denunciar o querellarme contra quien me denunció falsamente. En la misma sentencia se condena a esa persona por haber lesionado a otra, hecho del que yo fui testigo. Me consta que me denunció a mi para que acudiera al juicio como imputado y no como testigo. Esta persona es una típica querulante que se dedica a denunciar a diestro y siniestro sin motivo o por delitos que ella comete, y esta es la cuarta vez que me toca a mi, habiendo sido absuelto en todas. La última vez denuncié su falsa denuncia, pero no se le condenó. ¿Podría querellarme? ¿Por denuncia falsa, por calumnias o por ambas? Ya se que me va a costar un pico, pero ¿Tengo posibilidad de ganar o pasará como con la denuncia? ¿Se puede solicitar la asistencia gratuita para una querella? Gracias.