Muchas gracias por su ayuda y por la rapidez de la respuesta.
La vivienda es arrendada y el contrato está solamente a mi nombre. El proceso de separación ya ha finalizado y el ya tiene su domicilio en otro lugar, en donde está empadronado.
Respecto a lo que me comenta de los muebles, si no hay problema en tirarlos, previo aviso para que los recoja, así lo haré.
Pues depende (como casi siempre). ¿Sigue siendo su domicilio, hay ya sentencia de separación, es un alquiler o propiedad y a nombre de quién...?
Si ya terminó todo el proceso de separación, cada uno tiene su vivienda, tienes asignada esa o es tuya y no del otro, etc., pues sí, puedes cambiar la cerradura. Si sigue siendo su domicilio y os acabais justo de separar no, o es un alquiler a su nombre, o qué sé yo, podría ser un delito de coacciones.
Sobre sus cosas, puedes notificar por burofax que vaya a recogerlas antes de tal día o que las tirarás al contenedor; con eso te proteges de posibles reclamaciones que pueda hacer por no devolvérselas.
Buenas noches.
Mi ex marido tiene muebles y cosas en mi casa y no solo no se las quiere llevar si no que cuando quiere entra a por alguna cosa o a dejar otra sin mi permiso, porque no he cambiado la cerradura. Les agradecería que me dijeran si legalmente puedo cambiar la cerradura y como puedo deshacerme de sus muebles de forma legal.
Por favor, les agradecería opiniones juridicas, no opiniones personales. Muchas gracias por su ayuda.