Tengo una pregunta más. Si se rechaza la iniciativa popular, tras ello, ¿se puede presentar otra iniciativa con contenido idéntico al de la propuesta que no ha sido aprobada ?
Un grupo de ciudadanos, en ejercicio de la iniciativa legislativa popular, presenta ante las Cortes Generales una proposición de ley por la que se reconocen a los miembros de las Fuerzas Armadas los derechos de afiliarse a partidos políticos y a
sindicatos. En el escrito de presentación de la iniciativa figuran el texto de la proposición de ley (que consta de tres artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y una disposición final) y la relación de los integrantes de la Comisión Promotora (con indicación de los datos personales del presidente y del secretario). En el momento de presentarse dicha proposición de ley, la Comisión de Defensa del Senado está debatiendo un proyecto de ley del Gobierno sobre derechos y
deberes de los militares, que no incluye ninguna regulación sobre los derechos de afiliación política y sindical.
Sé que el proyecto se rechaza y sé los motivos, pero si los promotores interponen recurso de amparo, qué fundamentos podrían alegar, si de todas formas parece claro el motivo del rechazo y no hace falta que se interponga el recurso, porque creo que la decisión del TC lo desestimaría. Me podríais ayudar ? Gracias.