El trastero, está situado bajo la rampa del nivel -2. Por tanto tiene una superficie aproximada de 30 m², con lo que el material acumulado puede sobrepasar bastante los 500 kg.
¡a buenas horas!, pero, aunque con algo de retraso, he de decirte que he mirando lo del trastero. También he hecho otras cosas, no solo he mirado esto.
si almacena más de 500 kg de papel, pudiera discutirse si es un trastero doméstico, lo que llevaría a la posible necesidad de licencia de actividad
Se trata de un trastero, anexo a una plaza de garaje.
Normalmente suele almacenarse cosas relacionadas con el vehículo que se aparca o cosas que no se puede tener en la vivienda.
En este caso, practicamente se está utilizando como almacén.
no lo veo un problema, si se adapta al proyecto o a las documentación final de obra con la que se dio el alta al edificio
los trasteros, según la normativa en el momento en que se solicitó licencia, y según su tamaño y posición, serán o no serán "locales de riesgo especial", de una tipo de riesgo u otro, a efectos de protección contraincendios, y según lo que sea así habrá de ser el grado de resistencia al fuego de su envolvente, y así ha de ser su relación de accesibilidad con el resto del inmueble
muebles, libros o papeles, son materiales que en un trastero doméstico no están fuera de lugar.
si en lugar de hablar de un trastero doméstico, estamos hablando de una "actividad", habría que ver si tiene licencia para ello, si el edificio es residencial o si le resulta de aplicación el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, y de ser así, cualificarlo según la carga de fuego del material almacenado
¿que está permitido almacenar en un trastero situado en un sótano?.
En un trastero de gran tamaño, situado en un sótano en nivel -2, el propietario ha almacenado gran cantidad de cajas conteniendo papeles.
Dicho trastero, está situado bajo la rampa de acceso a las dos plantas de sótano.
¿Está admitida esta actividad?.
¿Se necesita licencia municipal especifica?.
¿Que debe o puede hacer la Comunidad de Propietarios?.
¿Debe el seguro de la Comunidad, tener conocimiento de esto?.