Hola, abro este tema con motivo a una duda muy concreta, pero creo que sería interesante recoger en este hilo todo lo que tiene la consideración de gasto fiscalmente deducible para los autónomos, con qué límites, y qué gastos no se pueden deducir.
Mi pregunta inicial es que con motivo de iniciar una actividad profesional o económica la factura del teléfono aumenta, puesto que se usa de forma profesional y personal indistintamente. En este caso la factura de teléfono es un Gasto Deducible, y si es así, se puede deducir en su totalidad?
Muchas gracias y espero que se anime el tema.
Con caracter general (salvo excepciones) es deducible lo que este convenientemente justificado, registrado y que sea necesario para la obtencion de ingresos de la actividad: problema: demostar que aquellos gastos que tambien pueden ser privados se han realizado para la actividad... y en este caso casi todas las consultas de la DGT que existen remiten a la valoracion de las pruebas que hagan los organos de la Administración....