La parte demandada de un proceso ha interpuesto recurso ante la audiencia provincial. Mi abogada (yo soy la parte demandante) en las alegaciones de oposión al recurso pide que se le condene a la demandante en costas. ¿Qué es eso exactamente? ¿Significa que tiene que abonarme lo que yo le he pagado a mi abogada? Gracias
Más o menos, en las costas no se pueden incluir algunos gastos, pero si ganas, te tendrán que devolver la mayoría de lo abonado en tu defensa y representación.
Muchísimas gracias por tu rapidez. Al menos me queda ese consuelo, porque después de lo que me está haciendo pasar, al menos si puedo recuperar algo de lo que he tenido que ir pagando.... Lo dicho, muchas gracias.
De nada, Nines66. Como "contraprestación" te ruego que leas lo que acabo de escribir en el post de "abogado estafador" en este mismo hilo de derecho procesal y digas lo primero que te salga del alma. Si no te sale nada, está bien. Es que, a veces, me cabrea la crítica indiscriminada.