Despido por causas económicas, muy de moda ahora; en uno de los párrafos de la carta dice: "En virtud de lo establecido en la disposicion adicional décimosexta de la Ley 42/94, esta empresa le einforma a Vd. de la imposibilidad material de poner a su disposición, real y efectivamente y en la sede de la misma, UNA INDEMNIZACION DE..., si perjuicio de que le sea abonada a Vd. no más allá del 15 de febrero de 2009.
¿Qué significa esto?