En mi comunidad una misma plaza de garaje tiene dos coeficientes:
- Uno el reflejado en el Registro de la Propiedad (el original)
- Otro reflejado en el Catastro. (Un vecino se quejo de la extension de su garaje, el Catastro midio de Oficio la toda la Cochera y asigno nuevos coeficientes a todos los vecinos relacionando metros fisicos-porcentaje de participacion).
- Otro propietario perjudicado reclamo diciendo que no se podia alterar su "porcentaje de participacion indivisa reflejado en escritura pubica" el catastro dio marcha atras y dejo a la comunidad con un porcentaje total del 94%. No del 100%
- El problema viene cuando hay que pagar facturas de realbilitacion de la cochera ya que no se puede pagar al fontanero el 94%, hay que pagar el 100%.
¿Legalmente que tiene mas fuerza el catastro o el Registro de la Propiedad?
En el registro de la Propiedad me dicen que una Participacion indivisa esta asociada a un Porcentaje NO a unos metros cuadrados dicho Porcentaje. Del estilo que 30 metros pueden ser el 30% de 100. o 30 metros pueden ser el 5% de ese mismo 100.
Una cosa es el coeficiente de propiedad, otra la cuota de participación.
Lo que le dicen en el registro es correcto.
Salvo que se modifique por unanimidad (o sentencia judicial) las cuotas se han de seguir pagando por la cuota de participación que se tuviera antes de esa modificación del catastro, porque éstas no han cambiado, y entiendo al no haber hablado de estas se corresponderían con los porcentajes que aparecen en el registro de la propiedad (aunque no son lo mismo).
Exactamente, Se hablo de modificar los Coeficientes de Participacion del "Registro de la Propiedad" para ponerlos en consonancia con los del "Catastro" pero no se llego a ningun acuerdo, Ni se reflejo en Ningun acta, por lo que entiendo que lo que "Prevalece" los coeficientes del Registro de la Propiedad aunque la "distribucion de los Metros" entre los coeficientes asignados a los propietarios sea injusta.
Dice:
"Prevalece" los coeficientes del Registro de la Propiedad aunque la "distribucion de los Metros" entre los coeficientes asignados a los propietarios sea injusta. ¿es sí?.
Varias matizaciones, en un plano general, válido para viviendas,locales, garajes y lo que sea de cualquier comunidad.
Primero. NO es que sea injusta, es que las cuotas de participación en gastos NO se calculan por los m2, también hay que tener en cuenta otros factores (Art 5 LPH).
Segundo. Como ya ha indicado paquito xocolatero, no es lo mismo la cuota de participación en gastos que el coeficiente de propiedad (Art 3 de la LPH), aunque en muchas comunidades ambos coincidan.
Tercero. El catastro no tiene nada que ver en esta guerra. La forma de pagar los gastos por los miembros de una comunidad la fija la LPH, la Escritura de División Horizontal y los Estatutos, estos dos últimos debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad. Quedaría otra psibilidad, acuerdo unánime en junta, asimismo inscrito en el R.P.
Y, ya no en un plano general, sino aplicado a este caso concreto, dice:
"En el registro de la Propiedad me dicen que una Participacion indivisa esta asociada a un Porcentaje NO a unos metros cuadrados", lo que indica que se trata del caso en que nadie tiene una plaza de garaje, ni una superficie concreta en m2, sino un % indiviso de un garaje global, y por tanto cada cual debe pagar en función de ese %.
Le aclaro que los coeficientes que pueda aparecer en el Catastro, carecen del mas mínimo rigor, por lo que no tiene ninguna validez para el pago de la cuota mensual.
Es mas, si ese coeficiente de su propiedad, es superior al que usted tiene en su escritura de compraventa, puede instar al Catastro para que lo rectifique. Deberá presentar en el Catastro copia de la escritura de división horizontal del edificio, donde aparezcan todas las fincas registrales, ya que eso si puede estarle afectando al IBI.