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¿Qué acción emprender?

2 Comentarios
 
09/05/2016 22:24
Hola Juan Carlos, muchas gracias.
09/05/2016 13:01
Hola Rocío,
Estás ante un caso de responsabilidad extracontractual (1902 CC) por daños. El demandado es siempre el propietario de la finca (art 1903) y dispones de un año para demandar (art. 1968.2º CC). Los albañiles o la empresa constructora no son asuntos de la víctima, sin perjuicio de que el propietario llame a su seguro o repita contra ellos
Nada de cuestión penal, que exige una intencionalidad clara o una imprudencia temeraria, y además identificar al autor material de los hechos, que no es el mismo demandado.
Esta ha sido fácil, Rocío.
¿qué acción emprender?
07/05/2016 11:25
Durante la realización de unas obras de rehabilitación en una vivienda se desprende parte de la terraza cayendo a la vía pública y ocasionando lesiones en una pierna y pie a un viandante que tuvo que ser operado de urgencias. Se plantea emprender acciones legales pero ¿qué vía es la mejor? ¿querella por un presunto delito de lesiones? o ¿responsabilidad civil extracontractual de daños y perjuicios? ¿Y contra quién en concreto? ¿dueño de la vivienda, empresa de albañilería, los albañiles? no sé si la empresa es sociedad. Gracias.