Hola Ginebra. La Fianza para los contratos de arrendamiento de Uso distinto al de Vivienda, como es su caso, es de 2 meses en todo caso por así establecerlo el art 36 LAU 1994.
Hola Ginebra. Por los datos aportados presupongo que el arrendatario sólo necesitará temporalemente la vivienda ya que la empresa le ha destinado temporalmente a la ciudad en la que la vivienda objeto de alquiler está ubicada.
Lo primero de lo que debe asegurarse es de que EFECTÍVAMENTE va a ser la empresa la que se haga cargo de pagar las rentas del arrendamiento. SI es así lo mejor sería que en el contrato figurase como Arrendataria la empresa e introducir una clausula en la que se reserve el uso de la vivienda a D. xxx trabajador de la citada empresa.
Por otro lado la FIANZA será de 2 meses(no de 1).
Le aconsejo que el contrato sea realizado por un/a profesional de la abogacía con experiencia en materia arrendaticia.
queria pedirles su ayuda pq tengo intencion de alquilar un piso a un chico aparentemente formal y correcto, me dice que trabaja para una gran empresa(xxx)y q le paga el alquiler, le han destinado a mi ciudad y solo es para tres meses. como ya he sufrido al inquilino moroso, me gustaria atar bien los cabos con este contrato, aparte de fianza y mes a la firma de contrato, q otras cosas me serian utiles?si me dice qeu se lo paga la empresa pido nomina y contrato de trabajo? hago el contrato a su nombre o al de su empresa?muchas gracias por su ayuda , estoy unpoco nerviosa pq no quiero volver a tener problemas