Hola a todos:
Lo cierto es que ando muy perdido, agobiado, indignado y muchos mas calificativos que no serian agradable de escuchar, pero busco ayuda y respuestas.
Soy divorciado desde hace cerca de un mes y tengo una hija de 12 años.
La madre ha estado evitando que tenga contacto con ella, desde el momento que me impusieron una orden de alejamiento por una supuesta amenaza a su madre. Cuando mi ex solicito las medidas previas, se opuso a cualquier forma a que yo viera a mi hija, a la que llevo casi 2 años sin ver y tampoco mi familia.
El juzgado solicito al instituto madrileño del menor un punto de encuentro para verla 2 horas semanales. Dicho organismo, desde el mes de diciembre del 2011 no me ha dado aun el sitio o fecha para ver a mi hija. Estoy frustrado ante la pasibidad de dicho organismo y me pregunto ¿ QUE PUEDO HACER O A QUIEN ME DEBO DIRIGIR ???? Por dcesccontado es que mi letrado es casi un cero a la izquierda.
Por favor pido que alguien me ayude, que me guie o explique los pasos a seguir.
Muchas gracias de antemano
vicente45, un padre desamparado
Lamento su situación, su abogado debería aportar un escrito al Juzgado en el que solicite de manera urgente que se oficie al Instituto Madrileño del Menor para que de forma inmediata se designe el Punto de Encuentro que sea para que el contacto con su hija se realice lo más pronto posible, debe manifestarse expresamente al Juzgado el tiempo que lleva usted sin ver a su hija -y viceversa- y que se tomen medidas de forma urgente.
muchas grascias Katia
supuestamente eso lo iva ha hacer, pero dos meses despues no tengo noticias de nada. Hoy he llamado al Instituto para intentar saber algo. Pero no he logrado hablar con ningun responsable.
perdone pero estoy que no puedo compreder que tan solo tenga dos horas a la semana?
Tiene usted alguna sentencia condenatoria de malos tratos a su hijo?
de todas las maneras si tiene ese regimen otorgado debe de cumplirse, pongase en manos de un abogado de garantias que trate de temas de familia y como le han comentado anteiormente aporte un escrito al juzgado para que de manera urgente pueda disfrutar del regimen de visitas otorgado. No obstante el abogado estudiará su caso y le asesorá por el bien suyo y de su hijo.
Un saludo.
hola arobert
Dos horas semanales en un punto de encuentro fue lo sentenciado por la jueza de violencia de genero de Alcala De henares. Yo no tengo ninguna sentencia relacionada con mi hija.
La unica persona que hace todo para que no vea a mi hija es la madre.
Por la cunclusión que saco creo que la orden de alejamiento pedida por su ex, le fué concedida, no digo que fuese lógico pedirla, líbreme Dios, pero es lo me parece (si sabré yo que ponen denunciass falsas, pidiendo orden de alejamiento), por lo tanto si el Juez no ve la estrategia de la denunciante y se concede la orden, otro palo más para el varón, ello va en contra de las visitas con sus hijos etc, todo ello repito en la mayoría de los casos son DENUNCIAS FALSAS, por tanto vergonzoso es que este padre esté sin ver a su hija y que se pongan todos los obstáculos necesarios para que no la vea, por otro lado vergonzoso que esté esperando el punto de encuentro tanto tiempo y se supone por tema burocrático aún no se le asignara uno.
Por supuesto no entro a valorar porque no lo conozco a él ni su caso, si la orden está bien concedida o no, por como se expresa yo me atrevo a pronosticar que es otra víctima más de las "canalladas" de la ex, pero repito, no lo aseguro.
Mi consejo, si se lo puede permitir cambie de abaogado, no me parece que muestra interés real por su cliente el que tiene, y un apunte más , que dejen ya los padres/madres de TRAFICAR CON LOS HIJOS, ellos no son LOS DUEÑOS, solo los responsables de darles lo mejor, dentro de sus posibilidades, pero los hijos son personas independientes, no objetos de COMPRA VENTA
No se desespere Vicente45, ya se vislumbra una lucha larga y penosa.
Un saludo.
hola alondraa
En primer lugar quiero darte las gracias por tu contestacion.
La orden de alejamiento fue de 1 año y 500mts, esto fue en el 2010.
La sentencia esta ahora en espera en la audiencia provincial, por lo cual llevo casi dos años con la ordden de alejamiento, en los cuales me ha puesto dos denuncias por quebrantarlas, pero fueron desestimadas, por que las pruebas que aportaba no me hacian a mi culpable, en la ultima puso que la llame por telefono desde mi numero, pero al probarlo, que casualidad, confundion el numero con el mio, el fiscal lo desestimo. Ella salio de rositas tras una denuncia falsa y yo con dolor de cabeza y horas perdidas en el juzgado.
Permiteme ademas, que haga mencion a la cantidad de mentiras que se usan para poner a los hijos encontra de unos de los progenitores a base de mentiras o medias verdades.
A mi hija la ha llegado a decir que yo no pago la pension, cuando estoy al dia de dichos pagos.
En mi caso, dos años despues, aun no he podido pasar por mi domicilio a por mis pertenencias, tan solo pude retirar algunas cosas el dia que comenzo la orden de alejamiento.
muchas gracias a todos.
Dicé usted que le condenarón a una orden de alejamiento en el juzgado de violencia de genero en el 2010.
Y por lo que cuenta usted esta a la espera de que la audiencia provincial ratifique la sentencia de primera instancia la cual me imagino que usted fué tambien condenado.
Ahora le hago esta pregunta cuando salio la primera sentencia del juzgado de violencia de genero en el año 2010 no empezo como medida cautelar que usted empezara con la orden de alejamiento desde ese momento y por lo tanto ya no tiene orden de alejamiento es más aunque posteriormente en la sentencia de primera instancia fuese usted condenado tendria que seguir teniendola cautelar porque sino al no ser firme hasta que salga la sentencia de la audiencia provincial no seria firme y no tendria usted ninguna orden de alejamiento.
Parece lioso pero hagame caso cerciorese si ha cumplido usted con la orden de alejamiento.
Por lo que yo veo,si la orden de alejamiento duraba un año,ya está cumplida.
Independiente de que estuviera recurrida ante la AP,su cumplimento debería de ser desde la condena en el juzgado de violencia de género,por lo cual ya está cumplida.
¿tienes sentencia de divorcio o sigues con las medidas provisionales dictadas por el juzgado de violencia?.
Si es así,cuando tengas el juicio del divorcio al haber cumplido tu condena,no tendrás sólo esas miserables 2 horas semanales de visitas.
Si luego eres absuelto por la AP,cosa que dudo,podrías intentar denunciarla por denuncia falsa.
En cuanto a las mentiras no te hagas mala sangre,eso te desgastara mucho,ya tendrás ocasión de demostrarselo a tu hija,Lo de que pagas la pensión de alimentos,es muy fácil.
buenos dias a todos
Segun me han dicho, aun no he cumplido nada del año de la orden de alejamiento, ya que, segun me dicen, al haber sido apelada la sentencia, aun tengo la orden de alejamiento dictada por la jueza de guardia, ante la que tuve que declarar antes de mi puesta en libeertad.
Podriais confirmarme este dato ?, a ver si he cumplido la condena...................
Para contar el plazo de la orden de alejamiento, NECESARIAMENTE a usted le han tenido que notificar la misma, lo normal sería que se le notificara cuando se concedió.
hola neguton
Tu crees que la AP, me mantendra la condena o me la subira ??
Te comento:
La condena que me pusieron fue por un supuesto delito por amenazas. Ella, ante la policia y despues en el juicio, declaro que jamas la viole, agredi, que yo no consumia drogas ni alcohol, no pertenecia a grupos extremistas, pero declaro que yo la dije," Vas a acabar en el hospital y yo en comisaria" cosa que es del todo falso. Ante la pregunta de mi latrada de que si nadiee habia oido las discusion ( vecinos) ella dijo que creia que si, pero que no tenia testigos.
muchasz gracias por tu atenciòn.
1º si usted le pusieron la orden de alejamiento de un año y la esta cumpliendo como medida cautelar, esa orden de alejamiento ya esta vencida. Otra cosa es que ahora la audiencia provincial se la suba y tenga que cumplir el resto que le falta. Pero hasta que no dicte sentencia firme usted no debe porque cumplir orden de alejamiento.
2º si no entro la orden de alejamiento como medida cautelar hasta que no se pronuncie la audiencia con sentencia firme no empieza la orden de alejamiento, es más a usted le avisarian del juzgado para informarle cuando empieza y cuando termina la orden de alejamiento.
Mire creo que usted no tiene orden de alejamiento, acuda a los juzgados de alcala de henares, pregunte alli por los juzgados y pregunte alli le informaran de todo.
¿Te condenaron por decir supuestamente eso y sin testigos?.
No es que me sorprenda,sólo lo pregunto.
¿Has recurrido sólo tu ante la AP o también ella para incrementar la condena?.
Si ella no ha dicho nada,no creo que te Absuelven pero tampoco creo que te incrementen la pena?.
En cuanto a la orden de alejamiento,yo haría lo que te comenta arobert.