En nuestra comunidad se aprobó en junta la instalación de repartidores de calefacción el año pasado, que algunos vecinos no instalaron, y que a dìa de hoy no se aplican. Mis preguntas son dos:
1.- ¿Es obligatorio aplicar el reparto de costos después de haberse aprobado en junta?
2.- ¿Cuando esté en uso, pueden aplicar un factor de corrección de costos a la baja los vecinos que tuenen sus viviendas con una pared exenta, sin edificio colindante?