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puertas interiores

2 Comentarios
 
Puertas interiores
17/08/2004 21:39
Quisiera consultar si en unos bloques de viviendas 64 vecinos exactamente las puertas de acceso a las viviendas son todas iguales tanto las normales como las blindadas, mismo dibujo mismo color, un vecino cambia la suya en cuanto a color y dibujo. Están situadas en el interior de la escalera, sin permiso de administrador ni presidente. Es legal.
Gracias.
18/08/2004 16:31
"Ley 49/1960 del 21 de julio de la P.H.
Art. 7.1 El propietario de casa piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos , instalaciones o servicios de aquél, cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su CONFIGURACION O ESTADO EXTERIORES, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente la comunidad."
Si la puerta de entrada al piso desde el rellano de la escalera, se considera un elemento NO EXTERNO, creo que es legal el cambio efectuado. Otra cosa es el comunicado previo que se debe efectuar, en tal intención, al representante de la comunidad.
19/08/2004 20:45
Mi opinion es que la caja de escalera es una "fachada interior" y por tanto zona comun. Los elementos que la constituyen incluido las puertas de acceso a viviendas deben mantenerse respetando una uniformidad y por lo tanto ese vecino no puede poner una puerta diferente en modelo y color a las del resto. Un piso no es un chalet individual sino que forma parte de una Comunidad.