Buenas tardes,
Soy propietario de un local comercial que forma parte de un edificio cuya comunidad tiene intención de cambiar la actual puerta de entrada (contigua a mi entrada y salida) de acceso a las viviendas por una nueva.
Les agradecería me resolvieran la consulta que a continuación les planteo :
Teniendo en cuenta que el único acceso a mi local (tanto para entrar como para salir) es directamente desde la calle, que no tengo buzón, no participo de partidas de gastos como luz o limpieza de escalera y nunca he tenido llave de dicha puerta ¿ me corresponde asumir esta partida de gasto teniendo en cuenta lo anterior?
Decirles que tras consultar al gestor de la comunidad, el mismo argumenta que sí me corresponde según mi coeficiente asumir dicha partida de gasto, ya que esta puerta forma parte de la fachada como elemento estructural que es.
Tras mi exposición, quedo a la espera de sus respuestas.
Gracias
Buenas tardes.
Vivo en un edificio que comparte una finca, destinada a jardines, con otros dos bloques más. Cada bloque pagaba sus gastos y los del jardín se repartían a partes iguales entre los tres bloques. Hace cinco años crearon una mancomunidad para el jardín, fachada y cubierta. La cuota de participación que pusieron en la mancomunidad es el 33,33 % para cada uno de los bloques, a pesar de que en las escrituras de mi bloque pone que participa en la finca común en un 31,25 % .Es correcto ese porcentaje de participación?. Debemos soportar un mayor gasto del que nos correspondería no solo en jardines sino también en cubierta y fachada?.
¿Puede un acuerdo de los tres presidentes de las comunidades modificar lo estipulado en cada una de nuestras escrituras, sin conocimiento ni consentimiento de los afectados?.
Gracias
Buenas tardes.
Vivo en un edificio que comparte una finca, destinada a jardines, con otros dos bloques más. Cada bloque pagaba sus gastos y los del jardín se repartían a partes iguales entre los tres bloques. Hace cinco años crearon una mancomunidad para el jardín, fachada y cubierta. La cuota de participación que pusieron en la mancomunidad es el 33,33 % para cada uno de los bloques, a pesar de que en las escrituras de mi bloque pone que participa en la finca común en un 31,25 % .Es correcto ese porcentaje de participación?. Debemos soportar un mayor gasto del que nos correspondería no solo en jardines sino también en cubierta y fachada?.
¿Puede un acuerdo de los tres presidentes de las comunidades modificar lo estipulado en cada una de nuestras escrituras, sin conocimiento ni consentimiento de los afectados?.
Gracias