En nuestra comunidad tenemos puertas contraincendios ,estas puertas separan las escaleras del descansillo de las viviendas (como en todas las casas nuevas).
Tenemos un vecino que no le gusta que este cerrada, por lo que siempre que pasa la abre, el resto, cada vez que la vemos abierta la cerramos. Se lo hemos dicho por activa y por pasiva que la puerta tiene que estar cerrada, que es para lo que es, no esta puesta de adorno. Pues no, el señor dice que la abre porque no ve cuando sale de casa, nuestra contestacion fue obvia, “ da la luz” que para eso esta, pues continua con la misma actitud. Ahora lo que dice es que él necesita la puerta abierta porque tiene una deficiencia visual (es tuerto) y cuando sale de casa no ve donde esta el interruptor, por eso cada vez que sale, se va a “oscuras” a abrir la puerta, vuelve a su puerta, la cierra y se va al ascensor, todo esto sin encender la luz del descansillo, y creame que en dias de nublados, no se ve, con lo que nos hace pensar, que el señor este, no es que no vea, es que lo que quiere es ahorrar energia. Pues esta guerra la tenemos todas las reuniones, que si la tenemos que dejar abierta, que él nos lo demuestra, a día de hoy no ha demostrado nada, que nos va a denunciar, que va a llevar a inspección......... miles y miles de cuentos.
La verdad es que no sabemos que hacer, se que es una niñeria, tanto de el com nuestra, pero si tiene que estar cerrada por qué tiene que hacer lo que él quiera?
Gracias y un saludo
solución rápida , pongan en el descansillo un detector de movimiento para que la luz se encienda nada más pisar su puerta, a ver que explicación o excusa da despues para abrir la puerta.
Detector........75 euros más o menos
Se contola el tiempo aproximado que se tarde en salir calcule 30 segundos o 1 minuto y se apaga solo.Ganan seguridad al estar la puerta cerrada y economia de luz seguro. Un saludo
Ya se le propusó y que ponga una luz encima de su puerta con el interruptor en su casa.
No quiere nada, solo quiere abrir la puerta y no se cual es el motivo, pero que no ve, no es, eso seguro, yo me inclino mas que lo que quiere es ahorrar, es que estoy seguro, porqiue a las noches no abre la puerta. Yo cuando voy a mi casa y la veo abierta la cierro, da igual que sea de dia o de noche, él no, el solo la abre cuando es de dia.
Asi llevamos 4 años, se dice pronto. A mi, la verdad me da igual, lo repito, pero como no me cuesta nada cerrar la puerta la cierro, pero es que no entiendo como una persona se puede poner encontra de todos los vecinos.
Perdonar por el toston este, pero es que es de risa.
Gracias niuk
1. En la próxima Junta incluir en el orden del día: Puerta de seguridad de l aplanta correspondiente a la vivienda d eD. Fulano de Tal.
2. En la misma se le pide que explique cual es su problema. Y si lo explica, se transcribe literalmente, incluído el tiempo con las incidencias correspondientes, que lleva con su sistema de dejarla abierta.
3. Se le envía fehacientemente el acta.
4. Una vez que se tenga conocimiento de que la ha recibido, se le insta una Acción de cesación.
5. En el Juzgado el podrá alegar lo que considere conveniente, que tendrá que demostrar.
6. El Juzgado podrá aceptar sus alegaciuones, pero siempre cumpliendo la Legalidad Vigente, por lo que podrán soicitar (consulten con su abogado al respecto) que se apliquen las medidas correspondientes: detector de movimiento, luz operable desde su vivienda, ...
Eso si, no se olviden que esas medidas corren a cargo del tuerto, que es el que origina el gasto.
Buenos días, tengo una duda con la posición de la puerta cortafuegos. Accedes por la escalera, a mano derecha hay una cortafuegos, que da acceso a dos viviendas, se abre hacia dentro, al entrar bien, pero para salir tenemos que salir al pasillo en fila, cerrar la puerta de casa, echar hacia atrás y abrir la cortafuegos, va muy justo, tanto que no podemos tener ni felpudo.
En caso de incendio, hay dos viviendas, que tendríamos que estar todos apelotonados en un pasillo de dos metros, intentando abrir una puerta hacia nosotros. Eso es normativo? creo que la puerta debería de abrir hacia fuera, si es así, como lo argumentamos en la comunidad?
Otra cuestión, en la misma escalera, al llegar al descansillo, a la izquierda (al otro lado) hay una cortafuegos que da acceso a la zona del ascensor y a dos viviendas más, esta es una zona muy amplia. Aquí la puerta abre hacia la izquierda y hacia las escaleras, supongo que esta bien situada puesto que en caso de incendio, pues usar el ascensor para nada. La cuestión es si es necesaria en ese lugar o debería estar cerrando la zona de las puertas de las dos viviendas, dejando el espacio del ascensor y la escalera libre de puertas. No sé si me he explicado bien.
Gracias.
Tu preocupación sobre la normativa y la correcta instalación de las puertas cortafuegos es completamente válida, especialmente en lo referente a la seguridad en caso de incendio. Vamos a desglosar las dos situaciones que has descrito:
Situación 1: Puerta cortafuegos que da acceso a dos viviendas
Puerta que se abre hacia dentro:
Según la normativa, las puertas cortafuegos deben facilitar la evacuación. Generalmente, se recomienda que las puertas en rutas de evacuación se abran en el sentido de la evacuación (hacia afuera), especialmente si dan acceso a más de una vivienda o si se encuentran en zonas comunes con más de 50 personas.
Tu descripción sugiere que la puerta actual puede obstruir la evacuación y causar congestión en una emergencia.
Argumentación en la comunidad:
Cita la normativa específica aplicable en tu país. En España, por ejemplo, el Código Técnico de la Edificación (CTE) en su Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (DB SI) establece criterios claros sobre la orientación de apertura de las puertas cortafuegos en rutas de evacuación.
Puedes señalar que la puerta actual representa un riesgo al dificultar la salida rápida y segura en caso de emergencia, y que la modificación sería una medida preventiva para mejorar la seguridad de todos los residentes.
Situación 2: Puerta cortafuegos en la zona del ascensor
Puerta en la zona del ascensor:
Las puertas cortafuegos en zonas que conectan con ascensores son comunes y pueden estar bien situadas si están diseñadas para evitar la propagación del fuego.
Sin embargo, las puertas cortafuegos no deberían obstruir rutas de evacuación o crear puntos de congestión.
Evaluación de la necesidad de la puerta:
La necesidad de la puerta en esa ubicación dependerá de la configuración específica del edificio y de los requisitos de compartimentación contra incendios establecidos en la normativa.
Si la puerta interfiere con la evacuación o no proporciona un beneficio claro en términos de seguridad contra incendios, podrías proponer un rediseño.
Pasos a seguir
Consulta la normativa:
Revisa el CTE DB SI y cualquier otra normativa local relevante para determinar los requisitos específicos de las puertas cortafuegos en tu edificio.
Consulta con un profesional:
Considera contratar a un ingeniero especializado en seguridad contra incendios o un arquitecto para realizar una evaluación profesional. Ellos pueden proporcionar una justificación técnica que será útil al presentar tu caso a la comunidad.
Propuesta a la comunidad:
Prepara una propuesta basada en la normativa y en la evaluación profesional. Explica claramente los riesgos actuales y cómo la modificación de las puertas mejorará la seguridad.
Puedes incluir ejemplos de casos similares o estudios que respalden tu punto de vista.
En resumen, parece que tienes fundamentos sólidos para cuestionar la orientación y ubicación de las puertas cortafuegos. Un enfoque basado en la normativa y en una evaluación profesional te ayudará a argumentar tu caso de manera efectiva ante la comunidad.