Buenas tardes
Me gustaría consultarles sobre una obra que hice hace más de 7 años sin licencia y que ahora por denuncia de un vecino parece ser que tenga que devolver a su estado original. Gracias de antemano.
Se trata de una segunda puerta de acceso a la vivienda por la terraza que linda con zona verde no se sabe si titularidad del ayuntamiento o de la agencia andaluza de aguas, ya que da a una rambla.
Supongo que con la escalera tengo poco que hacer ya que ocupo espacio público con la misma, pero quería saber si la puerta que he realizado sin licencia en el muro de la terraza prescribe o si no prescribe por lindar con un terreno de especial protección.
Muchas gracias y un saludo
no me queda claro cómo es esa puerta por la terraza que linda con zona verde, si la puerta está en el cerramiento de la vivienda, si la puerta está en el cierre que en la terraza delimita la finca, o cómo es ese cierre
lo de las escaleras no hay duda si están en terreno ajeno
las puertas son, por lo general, elementos de paso, por lo que aparentemente no tiene sentido una puerta en un cierre si no es para pasar al otro lado del cierre, y, en consecuencia, no puede haber puerta si no hay derecho de paso. Realmente no es una razón urbanística, sino de derecho civil, y no cabe hablar de plazo de prescripción de infracción urbanística sino de plazo de consolidación de una servidumbre a la que no se tendría derecho, ni siquiera transcurridos 20 años de uso, por disponer de otro acceso desde la vía pública
ahora bien, si usted tiene su finca (terraza) con un cierre que la delimita de la parcela lindante (verde de titularidad pública, municipal o autonómica), podría ver en el planeamiento si está obligado a que su parcela esté cerrada ... aunque quizá sea usted el primer interesado en que lo esté
Gracias por la respuesta.
La puerta se ha realizado sin licencia municipal de obras en el muro de la terraza que linda con la zona verde. Es una puerta pequeña de aluminio y es de la misma altura del muro de la terraza, un metro treinta más o menos. Como el suelo de la terraza está más o menos a un metro y medio de altura sobre el suelo de la zona verde, es por lo que he puesto una escalera de madera en la zona verde apoyada al muro de la vivienda.
Entiendo que la escalera la tengo que quitar si o si, pero me gustaría saber si la puerta de acceso trasera puede quedar fuera de ordenación urbana y si prescribe.
Muchas gracias
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 185.2c) de la ley urbanística andaluza, considero que la acción restauradora de la legalidad urbanística con respecto a terrenos calificados por el planeamiento como zona verde o espacio libre, no caduca.
Por lo tanto si el ayuntamiento ha dictado o acordara una resolución ordenando su retirada, es de suponer que lo será conforme a la legalidad.
Os gracias
Pero entiendo que no caduca la escalera que es lo que está ocupando la zona verde, pero la puerta esta en mi propiedad y lleva 7 años hecha. Es que no prescribe por lindar con zona verde? Entiendo que no pueda legalizarla pero no quedaría fuera de ordenación? Muchas gracias
Lo que no caduca es la posibilidad de que el ayuntamiento incoe un expediente de restauración de la legalidad urbanística, con lo cual, puesto que sería un acceso disconforme con el planeamiento, podría resolverse ordenando su retirada.
Gracias por contestar...
entonces la prescripción de la obra cuando se aplica? Y cuando queda una obra, que lo es contra normativa, fuera de ordenación urbana?