¿Sólo la ve los puentes escolares en todo el año? ¿Por decisión de los dos? Es raro, pero bueno...
El convenio desde luego no está muy trabajado, si no dice eso, pero vamos, lo que se "suele" hacer, y que podría ser lo que dijera un juez si se fuera a aclaración de sentencia (o no), es de la salida del cole el último día lectivo al último día festivo a última hora de la tarde (20h o así), pero vamos, lo que acordéis entre vosotros tiene prioridad, claro. También dependerá de posibilidad de recogida, viajes, o las circunstancias que haya. Por eso se suele poner en el convenio.
No hay fines de semana en los que visite a la niña, solo los puentes escolares que coincidan con el calendario escolar de su ciudad, de ahí mi duda a que haya conflicto si la recojo el día previo, ya que no sé específica más, Gracias
El mismo horario que se especifique para los fines de semana normales. Si la recoge los viernes por la tarde a la salida del colegio y la entrega el domingo por la tarde, pues lo mismo pero el lunes, si el puente es un lunes. Si indica que se entrega directamente en el colegio los lunes, las semanas normales, pues la dejará en el colegio el martes, si el puente es un lunes. Y lo mismo si es un viernes, o un puente más largo.
Yo entiendo que al tipificarse 'puentes escolares' la recogida sería a la salida del colegio...
En un régimen de visitas ordinario, los fines de semana se contemplan desde 'la recogida del menor en el colegio el viernes'.
Buenas tarde, a ver si pudieran resolverme una duda. En mi sentencia de divorcio se estableció que mi hija pasa con el padre los puentes escolares, la duda viene en que no pone horario de recogida. Debería recoger a la niña el día que empieza el puente( sabado, domingo y entregarla el lunes) o el día previo al puente? ( Viernes por la tarde, sábado domingo y devolverla el lunes) ya les digo que únicamente pone le corresponde al padre los puentes escolares, podría mi ex negarse a que la recoja la tarde previa? Muchas gracias