Como mi consulta ya ha tenido 197 visitas y solo he recibido las 3 amables respuesta de Pepelu90. Gonzalo y Carminea, he consultado con un asesor fiscal y me ha dicho que mi actuación ha sido muy correcta y que ve casi imposible que Aeat pueda ver algo ilegal. Por tanto, salvo que ahora alguien del foro me indique algo nuevo, gracias.
Desde mi modesta opinión, no puedo entender que esos 20.000 euros del fondo heredado de su hermana y, tras estar 6 años a nombre de usted como propietario único (que era lo que legalmente había que hacer), ahora al pasar tambien a la cuenta de usted como titular único, sería hasta insensato no poder traspasarlo en todo o en parte a la cuenta conjunta de usted y su mujer. ¿Qué puede pretender Hacienda, que usted lo deje en su propia cuenta hasta que usted muera?
Creo que ese dinero es lícito legal que ya pueda disponer el matrimonio y emplearlo como quieran. De todos modos, espere a ver que le dicen personas del foro mas expertas que yo.
Gracias, Gonzalo C. El importe es de 21.000 euros y puedo transferirlo por el total a la cuenta solidaria con mi mujer o bien en cantidades de 2 ó 3.000 euros mensuales. Lo que no acabo de entender es lo siguiente: Si ese importe total qu procede de un fondo a mi nombre lo dedicásemos a la entrada de la compra de un piso a nombre de mi mujer y mío (8 de los dos) creo que sería posible y legal. ¿por qué sería ilegal para Hacienda trasnferir el importe de cuenta a mi nombre a la cuenta solidaria del matrimonio? De verdad que no lo acabo de entender. Deme su opinión con el supuesto que le he contado.
Gracias, Pepelu. Veo extraño eso, pero como no pretendo encubrir nada, esperaré unos días por si alguien del foro añade algo más y si no lo consultaré con el Notario o en la misma Hacienda antes de hace nada, Gracias de nuevo.
Gracias, Pepelu. Creo que consultaré como aconsejas. Pero si ese traspaso lo hago a en pequeñas transferencias mensuales a la cuenta matrimonial, que hasta ahora consideraba como cuenta de gananciales puesto que en ella tengo domiciliada mi pensión y pago todos los gastos de luz agua, seguros, etc), ¿podrá decidir Hacienda que es una donación encubierta?
Como dije en mi anterior mensaje, la operación no es ilegal.
Ahora bien, ese dinero no es ganancial porque procede de una herencia. Si en algún momento llegara a confundirse con fondos gananciales o se les diera un uso ganancial, se produciría una donación a tu cónyuge del 50%.
Por tanto, la mejor garantía es que esté en una cuenta (u otro activo financiero) donde sólo tú seas titular. Otra posibilidad es que hicieras una aportación de ese dinero a la sociedad de gananciales, para conocer los detalles te convendría consultar a cualquier notario (las consultas son gratuitas).
Gracias, Pepelu. Eso es lo que pretendo evitar: que Hacienda lo interprete mal. La verdad es esta: Mi hermana era dueña UNICA de ese fondo domiciliado en una cuenta bancaria de la que ella también era titular UNICA (yo solo estaba autorizado en esa cuenta, pero no en el fondo).
Mi hermana murió hace 6 años y, tras realizar y los trámites testamentarios en notaría) la mitad de esa fondo pasa a mis 2 sobrinos (que no sé qué deciden hacer con ese fondo) y la otra mitad para mí que lo traspaso a una cuenta en la que yo soy titular UNICO y en la misma entidad bancaria que mi hermana. Así he dejado transcurrir 6 años. Hace poco, en diciembre 2024, he ordenado el reembolso de ese fondo a mi nombre UNICO y su importe correspondiente en euros ya está en mi cuenta bancaria a mi nombre UNICO. Y mi pregunta final es: Puedo traspasar/transferir esos euros de mi cuenta UNICA a otra cuenta que tengo desde hace 20 años en la misma entidad pero con 2 cotitulares (mi mujer y yo). En mi modesta opinión no se hace ninguna operación ilegal pues entiendo que ya son bienes gananciales, pero quiero asegurarme con seguridad para evitar mala interpretación. Gracias.
Dice el Banco de España que el hecho de ser cotitular de una cuenta no implica ser propietario del 50% de su saldo.
De acuerdo con esto, en principio no hay problema con esa transferencia, siempre y cuando todo su saldo siga siendo de tu propiedad y no quepa duda de ello. Si en algún momento se pudiera confundir con fondos que le pertenezcan a ella (aunque sea en parte), Hacienda podría interpretar que se ha producido una donación.
Puedo transferir el importe del reembolso de un fondo de inversion de mi cuenta bancaria?
Mi hermana tenía 20.000 € en un fondo de inversion a su nombre. em una cuenta bancaria de la que era ella titular única y yo autorizado. Al morir ella hace 6 años, sin testamento, se hicieron los trámites de testamentaría y ese fondo pasó a mi nombre en una cuenta de la que yo soy titular único en la misma entidad bancaria. Hace pocos días yo cancelé el fondo por su totalidad y el importe correspondiente pasó a mi cuenta como titular. Ahora pregunto, si ese importe de dinero lo puedo trasnferir sin pega alguna a otra cuenta en la misma entidad bancaria en la que mi mujer y yo somos cotitulares, o bien debo realizar algún trámite previo que Hacienda tenga ordenado.
Gracias a quien pueda aportar la orientación legal mejor, pues no qiero incurrir en ninguna falta en la declaración de este 2025 ante la Aeat,