Hola, tengo un perro en mi piso, en la comunidad somos seis viviendas, yo vivo en el 1º y el del 2º dice que mi perro le molesta porque llaman a mi timbre y ladra, al igual que al salir al balcon le ladra a gatos y motos. mi perro ladra en horas lógicas, a partir de las 10 de la mañana y a partir de las 17 tarde, solo cuando sale al balcon.
Alega que esta estresado y le molesta, y mi pregunta es: puede obligarme a deshacerme del perro'? me puede amenazar de algun modo, estoy inclumpliendo yo alguna ley que desconozco sobre la tenencia de perros en la comunidad?
Agradeceria que me orientase algo, pues mi perro en absoluto ladra de madrugada ni la dejo que ladre para evitar que moleste, gracias por la amabilidad
Dolo73:
Para que usted no pueda tener perro en su piso, tendria que existir un estatuto en su comunidad aprobado porla totalidad de los propietarios, estar inscrito, preguntele al presidente, si tal estatuto existe, sino es asi, no se puede cambiar, ya que para tal menester hace falta la totalidad, y dudo que usted aprobara la prohibicion de perros, si lo tiene
Sino existe, su vecino ya puede decir lo que quiera, si esta estresado que se calme o haga yoga, tambien estresan la musica, los coches, los timbres, las motos, y los vecinos tocapelotas como el, no existe ninguna ley que prohiba a un perro ladrar de dia, aunque es ideal que ladre cuanto menos mejor claro esta, pero si respeta las horas nocturnas, nadie le puede decir nada.
Tengo en mis manos el libro de la comunidad y leyéndolo he encontrado en los estatutos de la comunidad un apartado de la parte privativa donde en el articulo 17º se prohibe: establecer negocios, academias, instalar motores, tener animales entre otras.Se refiere a ese estatuto verdad? En este caso si siguese quejándose me tendría que desprender de mi perro? sólo se queja él, de hecho está divorciado por ser un maltratador que discutía constantemente con su mujer sin motivos.
Bueno con lo que me diga le quedaré eternamente agradecida por el interés prestado, saludos de mi parte.
dolo73, la verdad, no la entiendo en absoluto
En su día su mardido acepto y firmo unas normas, si ya sabía lo que había firmado ¿a que se compra un perro?
Pues sencillamente porque nunca me ha dado por leer el libro de la comunidad, nosotros llegamos a la comunidad de los últimos y simplemente firmamos sin reparar en eso, además la del 3º en su día también tuvo un perrito y por eso me animé a tener el mío, por supuesto que de haberlo sabido no me lo hubiese comprado.
Quiero agreder una vez más la amabilidad que me han prestado, gracias.
Buenos días
Tengo un ático, un tercero.
El vecino de abajo lleva toda la vida protestando por todo a todas horas...
Siempre hubo perros en el edificio, incluso él tiene un gato.
Pues un estatuto de la comunidad pone que no se pueden tener mascotas...
Dicho Estatuto yo no lo he firmado puesto que compré el piso unos años más tarde, como muchos de los que vivimos ahí actualmente.
Pues mi hija vive en el piso con un perro que pesa menos de 2 kg... y le molesta.
Puso un administrador amigo suyo que hace lo que le d a la gana... no contesta al teléfono, hubo quejas en la comunidad. Estuvo lloviendo en mi piso y durante dos año no me hizo caso...hasta que le envié un video lloviendo dentro.
A mi inquilina todos los días le protestaba por ruídos.
Pues ahora bien, en junta propuso tomar acciones legales con el dinero de la comunidad contra mí para que saque el perro. Le apoyaron otros 3 vecinos. 3 votamos en contra y otra le pidió asistir por videoconferencia al administrador y ni le respondió (votaría en contra)... a los dueños de los bajos comerciales les invito a marcharse porque les dijo que íbamos con una reunión sólo de los pisos...
Podemos impugnar el acta? Puede la otra persona impuganarla (ella tenía una perrita de toda la vida y le hicieron lo mismo... al final la perra le murió).
Manifesté en la comunidad mi negativa y que no pueden usar el dinero de la comunidad para denunciar eso...
Gracias por la respuesta
No me entero muy bien de lo que dices, no sé si vives en el ático que te pertenece o vive tu hija o una inquilina.
Si los estatutos no están inscritos en el Registro de la Propiedad, no te pueden perjudicar.
Por supuesto, puedes impugnar el acuerdo (no el acta).
Ahora mismo vive mi hija y tiene un perrito pequeño.
Los estatutos están registrados del año 1992. Los vecinos que somos ahora pocos firmaron esos estatutos.
En ellos se pone que se prohiben las mascotas (dos de los que votaron para que saque al perro tienen gatos).
Otra norma de los estatutos la incumple otro de los que votaron teniendo una oficina camuflada en el trastero en la cual teletrabaja su hijo...
Han mandado burofax antes a otra vecina que tenía una perra. Cuando llevaba toda la vida ahí.
En ese edificio siempre hubo animales y perros
Nos liamos un poco:
Los estatutos no hay que firmarlos, tienen que estar aprobados por unanimidad y pasados por el Registro.
En el caso de que no estuvieran pasados no afectan a terceros, pero tienen que ser impugnado el acuerdo y se tiene un año para hacerlo desde su conocimiento.
No mezclemos problemas de animales con trabajos ilegales, pues eso no justifica nada,
Pues si su hija recomendó al administrador vaya exit
Como es logico usted no querra que le denuncien, pero si la mayoría lo aprueba, no podrá hacer nada
Vamos a ver!!!
Al administrador lo recomendó el vecino que protesta por todo!!!
Por mayoría no se aprobó, fueron 4-3 porque a una vecina que quería votar que no no la dejó estar por videoconferencia. Los bajos no votan ni asisten a la reunión de pisos? Hace dos convocatorias diferentes para garajes y pisos puesto que tienen denunciado a loa bajos...
Hay 10 pisos, luego garajes y dos bajos.
Distintos propietarios. Alguno con garaje y otros sólo piso.
Gastan el dinero de la comunidad en fumigar y mandar burofax en lo que les da la gana.
No tengo derecho por Ley si quiero tener un perro? Ellos pueden tener gatos? No son las normas para todos igualea? Y pueden teletrabajar en el trastero? Cuando lo prohibe claramente en las estatutos?
Gracias
Mezcla muchos temas y esto lo que origina que no le entendamos correctamente.
Primera aclaracion. El vecino lo puede recomendar quien quiera, pero fue la comunidad quien por mayoría lo aceptó.
Segunda. Es totalmente imposible aprobar algo por 4/3
TercerA. Los estatutos se aprueban por UNANIMIDAD.
Cuarta. Los bajos no votan ni asisten a la reunión de pisos? Esto es pregunta o afirmación. Si es pregunta: si no van es porque no quieren.
Quinta. El que tenga denunciado a los bajos, no es justificación para celebrar dos juntas,
Sexta, si los garajes son anejos, no se puede celebrar dos juntas
Septima. Si fumigan será porque existe algun problema
Octava. Como no indica porqué manda los burofax, no podemos decir nada.
Novena. Usted si puede tener un perro, pero su marido votó que no, póngase de acuerdo.
Décima. Es un poco raro que en unos estatutos se incluya que esta prohido trabajar en los trasteros, dado que cuando se redactan, no creo que alguien piense en ello.
Usted saca toda la artilleria a relucir para justificar lo del perro. Y si en los estatutos aprobados con el voto de su marido pone que no se puede tener perro, pues no se puede tener perro. Todo lo demas son justificaciones. Justificaciones justas y que lleva la razón, pero que no le sirven de nada
Mi marido no voto nada!!! Usted está mezclando dos consultas.
Cuando compramos el piso ya existían.
Primero.- aprobaron por 4 a 3 votos... tomar acciones legales.
Segundo.- en los estatutos se nombran los trasteros donde pone que son exclusivamente para almacén.
Puedo impugnar el acuerdo?
Ruego me disculpe por mezclar lo de su marido, ya que eso pertenece a la anterior consultante.
Si acordaron por mayoría tomar acciones legales, el acuerdo es legal
Si eso pone de los trasteros, si no está de acuerdo, no tiene más opción que denunciar en el juzgado al dueño.
Y si los estatutos estan inscritos en el Registro desde 1992, pues usted no puede tener perro, pero si otros propietarios tienen mascotas, si podría denunciar a la comunidad porque a usted no se le permite lo que a otros si se les permite
Aunque podría haber otra salida más
Usted dice que a los bajos comerciales se les impidió estar en la junta, y usted votó no.
Cuando ha sido esa junta?
Si no han transcurrido tres meses desde la junta, si podría denunciar y es más por el covid estas juntas no se pueden realizar hasta 2022
La junta fue el viernes 17 de septiembre de 2021.
Nos mandó un email con la convocatoria.
Siempre hace dos reuniones, una de garajes y bajos y otra sólo de viviendas.
A los dueños de los bajos los invitó a marcharse.
Y digo yo si siempre hubo perros en la comunidad pueden ahora prohibirlo?
Aparte nos mandó una aplicación y aparece que debo 270 euros de comunidad a lo que le pregunté de que son? Me dice que este año había que pagar 80 euros de comunidad en vez de 50 y que es la diferencia, en el acta del 2019 no consta absolutamente nada.
Entonces como hago para impugnar esa votacion, esa reunión y ese acuerdo en el que no dejó votar a una vecina por videoconferencia y está dispuesta a reclamar su voto.
Gracias de antemano
Sin mezclar el resto de temas, que puede que haya irregularidades o no, temas de cuotas indebidas, y más que va sacando, que habrá que tratar cada una por su lado. La cosa es mucho más simple (cada cosa por separado, por favor) y a la pregunta de si "si siempre hubo perros en la comunidad pueden ahora prohibirlo", SÍ, porque no es "ahora" sino desde que se aprobaron esos estatutos inscritos en el RP, que usted podría haber consultado en el momento de la compra. Lo que sí podrá exigir también es que tampoco los otros vecinos con mascotas las tengan.
Luego ya si hubo irregularidades por otros temas que puedan invalidar esa votación, pues dependerá de esos temas, no de esto.
Vuelvo ha indicarle algunas cosas.
No tiene porqué realizarse dos juntas, dado que el conjunto forma un todo.
Usted tiene tres meses para impugnar,
1 las juntas de propietarios si no son urgentes, no se podran celebrar hasta 2022 , segun decreto ley 8/2021 del 4 de mayo. Bajelá de internet.
2 sólo hay que realizar una junta
3 vuelve a mezclar otro tema y esto se complica. Dice que no existe acta alguna de la subida, pues le escribe y le indica que le remita el acta donde se aprobó tal subida. Que si no lo hace, se abstenga de reclamarle deuda alguna y nombrarle morosa, porque si lo hace emprenderá las acciones judiciales oportunas por difamacion.
4 es que todos pagan igual 50€?
5 para impugnar, busque abogado y procurador y a la vez que demuestre su abogado el agravio comparitivo, dado que existen otros propietarios con mascota