El día 20 de este mes presenté la documentación para una IP con propuesta de incapacidad por parte del Icam . Estoy precibiendo 440 euros de baja y los seguiré cobrando hasta que se resuelva dicho expediente . Me personé en la oficina del Inem de mi localidad y pregunté acerca de la llamada "" ayuda familiar " ya que nunca la había solicitado , y me dijo que me corresponderían 24 meses . Me gustaría saber si son compatibles , y si puedo llegar a tener problemas . Esta ayuda me correspondería de antes ya que nunca la había pedido , y si siguiese en activo me la darían . Pasado mañana tengo hora en el Inem , y tengo ya los formularios rellenados........................... ¿¿ qué hago................?? ¿¿ los presento ???? Agradecería algún consejo experto , gracias .
Debería detallar como ha sido todo el proceso. Si finalizaste el contrato y seguías de baja o si estabas cobrando el paro y te dieron de baja por IT, etc.
Me temo, por lo que intuyo, que son incompatibles por esta razón: las mismas cotizaciones no pueden dar lugar a dos prestaciones de la seguridad social. Por esta razón cuando una persona le reconocen una IP y queda desempleado le dan a elegir entre la prestación y la IP. No puede cobrar las dos. El subsidio por agotamiento de la prestación, vinculado por tanto a la prestación, seguiría en enlazado a las mismas cotizaciones que reconocieron la IP.
En el caso de que no te aprobaran la IP y te dieran el alta definitiva, entonces sí podrías pedir el subsidio por agotamiento, ssi te corresponde.
Salvo mejor opinión.
Saludos.
Gracias patainpatatero por tu respuesta . Yo estaba cobrando el último mes de paro y me llegó una oferta de trabajo , y haciendo el reconocimiento médico previo me dijeron que no podían contratarme al no superar el reconocimiento al tener un ojo con problemas . Me operaron hace 6 meses y el ojo en cuestión me lo han dejado peor , es decir partía con 0.5 de agudeza visual y me lo han dejado casi sin visión , 0.2 . Lo que empezó en una Diplopia ahora se ha convertido en un ojo casi nulo . El doctor del ICAM me dio el alta con propuesta de incapacidad tras 17 meses de baja . Hace 10 días entregué la documentación exigida para la IP , y no estoy seguro de como hacer las cosas . El día 2 , es decir dentro de 2 días , tengo hora en el Inem...........¿¿tú que harías ? A parte me di de alta como demandante de empleo para poder cobrar dicha ayuda familiar .......... Tengo 2 opciones , o bien efectuo la solicitud para el subsidio .....o bien me doy de baja como demandante ya que tecnicamente sigo de baja hasta que resuelvan mi IP . Espero tu consejo y gracias por tu ayuda de antemano .
Respondiendo al tema de la consulta no puedes solicitar el subsidio mientras quede pendiente la resolución de la IP.
No me quedan claras algunas cosas, no entiendo como estando de baja has recibido una oferta de empleo. No sé si mientras cobrabas el paro te pusiste de baja por IT, etc.
Tu situación habría que verla detenidamente, por eso te aconsejo que llames a la Oficina virtual del SEPE 901 11 99 99.
Saludos.
Creo que me he explicado mal por lo cual procedo a explicarte mi caso dado tu carácter amable al interesarte por mi problema por lo que te estoy muy agradecido . Mi situación es la siguiente . Yo fui oerado de cataratas y miopia en 1998 y me implantaron dos lentes intraoculares , seguí trabajando sin problema y llevaba 15 años ininterrumidos . Soy montador eléctrico . En 2005 un golpe en mi ojo izqdo me desplaza la lente y sigo trabajando a esar de mis molestias en la vision . GRAN ERROR ( yo trabajaba a 15 euros la hora y por avaricia no acepté la baja que me propuso la mutua LA FRATERNIDAD ....) ,. Al no coger la baja entonces tuve una contingencia con el Inss y me lo han dado de enfermedad común . Al tiempo cogçi la baja or Diplopia ya q vaía doble con dicho ojo al estar la lente desplazada a raiz del golpe . Es decir , cogí la baja a última hora cuando ya preacticamente no podía valerme por mi mismo ............ El oftalmólogo diagnóstico SUBLUXACION DE LENTE INTRAOCULAR, con solución EXTRAER LIO Y CAMBIARLA . Al año me operan y me extraen la lente . Me quitan los untos de sutura y me mandan al optometrista y cual es mi sorresa cuando me dice que tengo 0.1 de agudeza visual y que es irreversible y no odré volver a ver con ese ojo ya q se ha visto afectada la retina . Visita al ICAM y tras 17 meses me dice lo mismo y me da el alta con propuesta de invalidez . Hace una semana entregué lods papeles en el Inss. La baja primera me la dio mi doctora de cabecera al no pasar el reconocimiento médico del que te hablaba y posteriormente he estado 17 meses en tratamiento y posteriormente operado . Tuve ese grandísimo error de no acetar la baja que me ofreció la mutua , por lo cual ahora me están tratando el problema como enfermedad común .
Nunca hasta entonces había estado parado ni de baja , ni nada similar . Cuando vi que tenía problemas de visión , me fui al paro e intenté solucionar mi problema ocular , que ha ido degenerando poco a poco . Un día lo comenté con mi doctora y me abroncó diciendomé que mi situación no es para estar parado ya que si me llaman para trabajar no estaba en condiciones . Fue entonces cuando empezé a hacer las cosas un poco mejor , y sobre todo cuando me rechazaron en esa empresa tras no superar el reconocimiento . Gran hachazo a mi autoestima..............y es entonces cuando cogí la baja ....ero todos me dicen que mi forma de hacer las cosas ha sido muy torpe ........pero yo no se de papeleos de tecnicismos , lo que yo siempre he querido es trabajar , por lo cual era afortunado ya que trabajaba en el monte , montando torres eléctricas y plantando palos , y tensando cable y conectando mecanismos.......por lo que mi vida ha cambiado por completo ya que veo muy mal y mi visión binocular es pésima . QUE DIOS ME PROTEJA........
Yo igual que patatinpatatero no tengo claros los conceptos, te expongo lo que entiendo, para que afirmes si es así o no, con ánimo de intentar que quede clara tu situación y puedan darte una respuesta acertada. Lo que yo entiendo de lo que expones es lo siguientes (sin entrar en que nunca debiste negarte a la baja médica en contra del criterio médico, pero eso ya está y no tiene vuelta):
1) Estabas en el paro cuando fuiste al médico y te dieron una baja por IT derivada de contingencias comunes...entiendo que estabas cobrando una prestación contributiva por desempleo. Es así??
2) Si la respueta anterior es SI: desde ese momento pasas a percibir la prestación por incapacidad temporal, que la ley señala que es en cuantía igual a la que corresponde por desempleo, y al ser por contingencias comunes te restan del tiempo de paro el tiempo que estés en IT.
3) Llegasta a agotar la prestación contributiva por desempleo (ten en cuenta que el tiempo en IT se resta del tiempo reconocido de paro)?? Si es así, si sigues de baja en ese momento la ley establece que sigues percibiendo el subsidio por IT, pero la diferencia está en que:
-si es una recaida por un proceso anterior durante el contrato de trabajo, sigues percibiendo la prestación de IT en cuantía igual a la que venías percibiendo, y
-si no constituye una recaida por un proceso anterior la cuantía que percibes es la del 80% del IPREM excluidas las extras.
**Esta es una de las consecuencias de haberte negado a coger la baja cuando te la prescribió el médico de la mutua, que ahora no es un proceso anterior a la situación de desempleo y por tanto la cuantía es menor. Corrígeme si no fuera tu caso, pero es lo que entiendo de lo que expones,
4) Te dieron el alta con propuesta de incapacidad permanente y ahora estás pendiente de valoración por el EVI para que el INSS te reconozca prestación contributiva por incapacidad permanente en el grado que corresponda. Es así??
5) Además el INSS te concedió pórroga de efectos de la incapacidad temporal, y mientras no resuelva sigues percibiendo el subsidio de IT (80% del IPREM)??
6) Y ahora mi duda es....a que te refieres con el subsidio familiar??:
a) al subsidio por desempleo con cargas familiares...si es así, la respuesta la tienes en el art. 221.2 LGSS que señala que la prestación o subsidio por desempleo serán incompatibles con la obtención de pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social, salvo que éstas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación por desempleo.
b) a las prestaciones familiares por hijo/s a cargo, en este caso, habrá que ver si cumples los requisitos (edad de hijos a cargo o discapacidad, ingresos de la unidad familiar, etc).
**Si este es el caso, expón tu situación para concretar.
7) Por último, en caso de que te reconozcan la incapacidad permanente, si la pensión que te reconozcan es superior a lo que venías percibiendo por IT los efectos económicos (la cuantía de la pensión que te reconozcan) se retrotraen al momento en que se agotó la duración máxima de la IT y te prorrogaron los efectos. Esto es, si la pensión es mayor (que será mayor a 400 euros) entonces te abonan hacia atrás la diferencia con lo que vienes percibiendo por IT en este tiempo de valoración, desde el reconocimiento contando hacia atrás hasta el momento en que se agotó la duración máxima de IT (18 meses).
El haber renunciado a la baja médica va a suponer que la pensión será menor, al igual que lo es ahora el subsidio por IT. De todas formas, ponte en manos de un abogado, pues no se si se puede pelear de alguna forma que se reconozca que tu lesión fue por accidente de trabajo, pues siendo un accidente con esa gravedad la empresa está obligada a comunicarlo a la autoridad laboral. Desconozco los detalles pero te juegas mucho en la posible pensión que te reconozcan, intenta buscar un abogado, si no tienes recursos pide uno de oficio, y en otro caso expón tu caso a algún abogado y según te diga las posibilidades que tienes valora pedir que se te reconozca que fue un accidente de trabajo, si te da posibilidades igual te compensa negociar con el los honorarios por tramitarte todo.
Menos mal que me ha dado por mirar antes de ponerme a escribir. Gracias ainoa, coincido contingo, me has ahorrado un trabajito. Realmente es que no sé cuál es su situación, pero me imagino que es la que has expuesto: durante el cobro del paro ha estado de baja y ahora está pendiente de la IP.
Saludos.
Gracias Ainoa y gracias patatinpatatero . Me dieron la baja estando percibiendo el paro . Al acabar la prestación y ya estando de baja me lo rebajaron a los 400 y pico que actualmente percibo . Me asesoré y uno de los médicos que me atendió en el Icam me dijo que en mi lugar haría un parte de contingencia para que fuese determinado accidente laboral , ya que disponía del médico que me atendió en urgencias y el parte que esa misma tarde me hizo la mutua . Me lo denegaron y me determinaron como enfermedad común . No hize ninguna reclamación ya que el oftalmologo que me atendió me dijo que extraería la lente y me implantaría otra y yo tenía mis esperanzas integras de volver a trabajar . NUNCA PENSÉ QUE ESTO IBA A TERMINAR DE ESTA MANERA . Mi intención era siempre volver a trabajar . Si llego a saber que iban a dejarme así , hubiese actuado más tajantemente . Ahora ya no se si sería valida una reclamación contra mi determinación de enfermedad común . Esto me genera una impotencia enorme , ya que veo incierto mi futuro y no se que rumbo va a tomar todo .
En cuanto a lo de solicitar la determinación de contingencia:
a) El accidente fue trabajando no??
b) Fuiste al médico el día del accidente?? Ese día te dieron algún parte en el que conste que tu lesión fue un accidente de trabajo?? Si es así, aunque luego te negaras a estar de baja y pidieras el alta voluntaria aún puedes intentar la determinación de contingencias, con todo lo que ello supone a tu favor.
c) Quien te denegó que era contingencia profesional?? ante quien lo solicitaste?? No sería la mutua quien denegó que fuera contingencia profesional?? Si es así, debes saber que el único competente para determinar si una contingencia es profesional o común es el INSS, así que si fué la mutua quien te la denegó nada te impide solicitarla ante el INSS, ya debiste hacerlo en su día si fué así, presentar reclamación en Mutua y luego acudir al INSS. Y, en última instancia, frente a la resolución del INSS te queda la vía judicial.
d) Aunque pasó tiempo, si tienes un parte médico de urgencia (además del de la mutua) donde específique su accidente de trabajo ese día, vete a la Inspección de Trabajo y denuncia, pues entiendo que tu lesión tiene gravedad suficiente como para que fuera comunicado por la empresa a la autoridad laboral a efectos de investigación. El informe que en su caso elabore la ITSS puede servirte a tu favor para solicitar que se declare contingencia profesional. Yo me baso en lo datos que das, pero parece que el accidente tiene entidad suficiente para ser calificado como grave. Por intentarlo que no quede.
e) Tu en la solicitud de Incapacidad permanente no expusiste todo esto?? vamos explicaste como había ocurrido tu lesión?? que fue en un accidente durante el trabajo??.
f) Yo que tú también pensaría en valorar denunciar a la empresa por vía penal o civil, según el caso, si el accidente se debió a falta de medidas de prevención.
Mi consejo es que acudas a un abogado y te asesores bien, aunque lo de la ITSS puedes hacerlo tú personalmente, es gratis e igual resulta favorable para tí. También si no lo hiciste solicita en el INSS la declaración de IP por contingencias profesionales. La cuantía de la pensión va a varias mucho, además de que si hay culpa de la empresa en el accidente puede imponerse a la misma un recargo sobre la pensión (cantidad a abonar encima de tu pensión por la empresa).
Yo creo que te juegas mucho como para no asesorarte bien y luchar por tus derechos. Yo sólo puede responder en base a los pocos datos que facilitas, entiendo que habrá muchos datos más, de ahi la necesidad de que un profesional valore tu situación y que es lo que puedes hacer.
Cuanto más tardes el tiempo va en tu contra.
Por cierto, la empresa te indemnizó cuando te despidió?? porque si fuiste al paro entiendo que te despidió no??
Voy az una dejar un esquema con los datos aproximados que yo entiendo de los post que has escrito, si no son así pon los correcto, o intenta hacer un esquema con los hechos concretos, por si alguien puede añadir algo más...es que los datos están en 2 post dispersos.
Datos que facilitas:
-1998: operado de cataratas.....
-de 1998 a 2005 (7 años tras la operación): seguiste trabajando...
-2005: accidente de trabajo...aquí tienes que detallar...estuviste algún tiempo de baja?? o tuviste el accidente y ni fuiste al médico y seguiste trabajando como si nada?? Si estuviste de baja cuanto tiempo?? Aunque fuera una semana la duración de la baja, supongo que ese parte ponía que era por accidente de trabajo...es así??
-del 2005 (no se que mes) a 2011: trabajaste...pongo este intervalo puesto que dices que desde el accidente estuviste 15 años trabajando, son cuentas aproximadas, aunque a mi me salen 12 años...(1998 a 2010)...
-en 2011 te dan la baja...estás 17 meses de baja (según dices antes de la propuesta de IP)...y estás de baja hasta junio de este año (todo 2011 y 6 meses de este año)....cuando te despiden..en que mes de baja?? o el despido es antes de estar de baja y la baja ocurre durante el desempleo??
-septiembre 2012 presentas solicitud de incapacidad permanente.
Mira el esquema que puse...y pon tu la fechas exactas y datos correctos, igual me confundí o interpreté mal.
-1998: operado de cataratas.....cierto . Lo hago em mes de vacaciones.
-de 1998 a 2005 (7 años tras la operación): seguiste trabajando... Con una calidad de visión buenisima .
-2005: accidente de trabajo...aquí tienes que detallar...estuviste algún tiempo de baja?? o tuviste el accidente y ni fuiste al médico y seguiste trabajando como si nada?? Si estuviste de baja cuanto tiempo?? Aunque fuera una semana la duración dnte .or accidente de trabajo...es así??
Fui a urgecias y un doctor mw hizo un papel provisional con el incidente . Al llegar a mi localidad voy a la Mutua y me dan otro parte y me ofrecen la baja , la cual rechazo . Ni un sólo día estuve de baja ya que no quise ................
-del 2005 (no se que mes) a 2011: trabajaste...pongo este intervalo puesto que dices que desde el accidente estuviste 15 años trabajando, son cuentas aproximadas, aunque a mi me salen 12 años...(1998 a 2010)...
Sigo trabajando , y a la vez acudo a los médicos ,siempre reacio a perder trabajo.
-en 2011 te dan la baja...estás 17 meses de baja (según dices antes de la propuesta de IP)...y estás de baja hasta junio de este año (todo 2011 y 6 meses de este año)....cuando te despiden..en que mes de baja?? o el despido es antes de estar de baja y la baja ocurre durante el desempleo??
En el 98 me operan , pero yo ya llevaba 4 años trabajando en Montajes , pero con gafs , claro . Ayer vi mi vida laboral y llevo 17 años cotizados en total . Soy tan burro que pido en mi empresa que me den fin de obra para poder sanr mi ojo , ya que ese periodo de tiemo se produjo un empeoramiento muy grande . Al año y medio decido , bajo consejo de mi doctora de cabecera , coger la baja , El 27 de marzo me operan . A los 3 meses me quitan los puntos de la cornea y los de la retina . Estoy dos meses bajo tratamiento de la tensión ocular ya que la tenía alta . El 28 de agosto me envían al optometrista. Hay empieza el calvario , me dice que la retina se ha visto afectada y que solo me ha quedado 0.1 de agudeza de visión .......y que es irreversible . MAZAZO TOTAL .. eL iCAM ME HABÍA RENOVADO LA BAJA 6 MESES MAS , pero al presentar el parte del optometrista al doctor del Icam me dice que ya no es necesario im plantar la lente ya que no valdría para nada y me da el alta con propuesta de incapacidad . El 28 de este mes , es decir antesdeayer recibo carta certificada del INSS en donde me dicen que la renovación de 6 meses se anula y queda extinguida y que se inicia un expediente de incapacidad permanente .
-septiembre 2012 presentas solicitud de incapacidad permanent . Correcto .
Ni que decir tiene que os estoy muy agradecido , Ainoa y Patatin . La determinación de contingencias la resolvió el INSS , determinando Enfermedad Común y siendo el Inss quien debe pagar dicha prestación . y ya te digo que no presenté recurso ya que nunca pensé que esto iba a complicarse tanto . En cuanto a denunciar a la empresa , despues de tanto tiempo........................ no se si sería efectivo , sería cuestión de consultarlo.
Por lo que entiendo Fernando, estabas cobrando el paro y te dieron la baja médica (Incapacidad Temporal por contingencias comunes).
Si se cobra el paro y se produce una baja por IT...
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00b03b.html
... continuas consumiendo los días de prestación. Por lo que cuentas lo has agotado la prestación o estás apunto de hacerlo.
Como te comenté, el subsidio por agotamiento no lo puedes solicitar hasta que te confirmen o no la Incapacidad Permanente. Si te dan el alta médica definitiva podrás solicitar el subsidio por agotamiento (si cumples el resto de requisitos). Si te conceden una IP total o absoluta no tendrías derecho al "subsidio por agotamiento de la prestación" (como te comentó ainoa al citarte el artículo 221.2 de la LGSS); no obstante, podría caber la posibilidad de cobrar una RAI, pero es adelantar muchos los acontecimientos.
Saludos.