Cuando se habla de gastos de desplazamiento "a medias" me queda la duda si es así concretamente o si es proporcional a los ingresos. ¿como es?
Por otro lado, conocí un caso en que el custodio tuvo que pagar los gastos en desplazamientos que el no custodio asumió y a partir de la sentencia el custodio corría con los gastos de desplazamientos para las visitas (y tiempos de viajes) (el cambio de domicilio no era por motivos laborales u otros por el interés del menor sinó por convivir con la nueva pareja)
Desgraciadamente el custodio si puede cambiar el domicilio, ello conllevará que si teneis sentencia de separación deberás de solicitar una MODIFICACION DE MEDIDAS por cambio sobrevenido de las circunstancias.
Lo normal es que los gastos de desplazamiento e INCLUSO LOS DESPLAZAMIENTOS causados por el custodio por cambio de domicilio corran por mitades, ya que es un derecho del menor el relacionarse con los dos progenitores, y la carga de la decisión del custodio NO TIENE PORQUE ASUMIRLA EN SOLITARIO EL NO CUSTODIO.
Lo lógico es que pidas TÚ la custodia, ya que ha sido ella la que ha modificado la residencia, subsidiariamente la compartida, y sino un régimen de visitas que se pueda llevar a cabo y que los desplazamientos (o los gastos) sean a medias.
Tres sentencias en este sentido.
Sentencia de la Audiencia Provincial de las Islas Baleares núm. 230/2006 (Sección 5), de 19 mayo, (JUR 2006190404),
Sentencia 63/07 de la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 12ª), de 25 de enero de 2007, (JUR 2007192665)
Sentencia de la Audiencia Provincial de León núm. 13/2007 (Sección 3), de 12 enero, (JUR 200759851),:
Consulta con un buen abogado de familia (a ver si lo encuentras)
FJGJAVIER
Medite la posibilidad d epedir la custodia paterna en caso de no concederse la custodia compartida que es la mejor desde el punto de vista tecnico para la menor. Tanto en cuanto Ud resida donde este su entorno familar etc . La edad del menor es importante asi como su posicionamiento al respecto
esmeralda0
Si la madre no trabaja pero tiene suficiente patrimonio puede ser obligada no ya al 50% de los gastos de desplazamiento que ha causado en el libre ejercicio de la libertad personal a fijar su residencia.
Es mas pudiera incluso llegar a cambiarse la custodia ya que pudiera haber alejado a hija de su entorno familiar escolar y afectivo y/o social.
Se me pasó cuando hablo de régimen de visitas me refiero a que la menor vaya al domicilio del padre, tiene derecho a relacionarse con él y su entorno (familiar, vecinal y de ambiente) Las visitas fuera de periodos vacacionales esas es de suponer son en el domicilio del custodio, por estar escolarizada y ser imposible desplazamientos en fin de semana.
Lo primero es saber si la separación de que habla es sólo física o existe alguna regulación juducial sobre el régimen de visitas y alimentos y otros.
Si sólo es física, Vd. puede quedarse/reintegrar a Zaragoza a su hija igual que hizo la madre al llevársela a Sevilla. Nada dice que al dejar de convivir los hijos deben ir con la madre ni con el padre. Que Vd. tenga/recupere a la menor es una evidencia que está dispuesto y se considera capacitado para las atenciones que requiere.
Si no hay sentencia sobre visitas la madre puede irse con la niña a donde quiera (igual que Vd. puede irse o recuperarla a su domicilio primitivo), si el desplazamiento es posterior a una sentencia debiera existir modificación de medidas.
La compartida puede solicitarla en cualquier caso (menos probable que se la concedan si no es de mutuo acuerdo o que fiscalía estime es lo mejor para el menor y el juzgador así quiera sentenciarlo) Personalmente la solicito (distancia de 3000Km) por años escolares y régimen de visitas al otro vacacionales y visitas en lugar de residencia las que se quieran/puedan y subsidiariamente la monoparental con visitas idem que en el anterior. Gastos de todo proporcionales a los ingresos de cada uno (excepto visitas "voluntarias" no reguladas)
Dependiendo de edad y otras circunstancias de la hija, así como disposición a negociar de la madre, puede ser mejor enfocar unas u otras opciones. Consulte con un abogado y un especialista en infancia que le pueda ayudar a enfocar el tema.
Si en algo puedo serle útil, mi correo es viescast@yahoo.es, tno 626403890
(no soy abogado)
Si están de acuerdo claro que pueden pedirla. Si no lo están también aunque será más difícil que se la den por lo que le convendrá pedir subsidiariamente un buen régimen de visitas y dejar delimitado quién asumirá qué gastos (los del viaje se pueden pedir al 50%, los de alojamiento, serán de su cuenta exclusivamente). Consulte con un abogado de familia. Un saludo.
Puedo solicitar custodia compartida residiendo la madre a 1000 km de distancia?
Buenas tardes a todos, es la primera vez que intervengo en un foro similar y me gustaria que alguien me indicara, si cabe, algun comentario al respecto de mi duda: Nos hemos separado hace unos meses y la madre se ha llevado a mi hija a vivir a Sevilla, yo resido en Zaragoza.
La pregunta es la que sigue; puedo pedir la custodia compartida dada esta situacion?, puede ella llevarse a la niña a 1000 KM de distancia, con lo que conlleva todo el proceso para el padre?, gastos de desplazamiento, organizacion de los viajes, alojamiento, y finalmente que no puedo ver a mi hija salvo un fin de semana cada dos meses.
Gracias anticipadas a todo el foro, un saludo.