soy propietario de un local, lo tengo alquilado y el contrato vence el 2025.
En el contrato pone :
"El local objeto de este contrato, será destinado única y exclusivamente a RESTAURANTE - BAR y CAFETERIA..GALERIA DE ARTE O EXPOSICIONES. En caso de desarrollarse en el local otra actividad, aunque sea afin a la antedicha, podrá el arrendador resolver el contrato..."
Actualmente están haciendo música en vivo cada semana. Es motivo para rescindir el contrato?
En principio, conforme a ese texto, sí. Ahora bien, creo que para dar una respuesta más precisa convendría conocer tanto los antecedentes del caso como el texto íntegro del contrato.