Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Puedo renunciar a la pension y darme de alta para continuar trabajando?

1 Comentarios
 
08/08/2013 10:59
Las prestaciones otorgadas por la Seguridad Social a los que tenga derecho el beneficiario son irrenunciables, ya que el artículo 3 de la L.G.S.S. dice que será nulo de pleno derecho todo pacto individual o colectivo por el cual el trabajador renuncie a los derechos que le confiere la ley.

El tener una incapacidad permanente total no te impide trabajar , siempre y cuando ejerzas otro tipo de trabajo. Incluso podrías continuar trabajando en la misma empresa siempre y cuando realices otras funciones diferentes a las que ejercías cuando te reconocieron la ipt
¿puedo renunciar a la pension y darme de alta para continuar trabajando?
07/08/2013 20:17
me han concedido una ipt. puedo renunciar a la pension y darme de alta para continuar trabajando?