Mi situación es la siguiente : divorciado con un hijo del que tiene su madre la custodia. Mi hijo y su madre viven en una vivienda de mi sola propiedad desde la separación.Pago 500 euros/mes de pensión para mi hijo , pago además 2 hipotecas, la de la vivienda que disfrutan mi hijo y su madre y la mia que adquirí hace 4 años . Con frecuencia tengo que pedir dinero a mis padres para subsistir. La madre de mi hijo ha comprado una vivienda ( está desocupada) hace 8 meses y continua disfrutando de la mia . Puedo recuperar la vivienda que disfrutan mi hijo y su madre ??
No es exactamente la misma situación de algunos casos que he llevado, donde se pudo demostrar que la vivenda familiar estaba desocupada y el propietario pudo recuperar su pleno dominio.
En este caso, si no se produciera un cambio en el entorno social, escolar del menor no existiría ningun motivo para el cambio de vivienda (salvo la voluntad de la madre) que podrías recuperar.
Sería interesante conocer sentencias.
Estimado José Vicente con los datos que ofreces, y aunque el supuesto pudiera parecer injusto, yo no veo razones para extinguir el derecho de uso que al amparo de lo dispuesto en el artículo 96 del Código Civil viene establecido en favor de la esposa e hijo menor de edad en la sentencia matrimonial de separación.
El acceso por parte de la esposa a una propiedad, que se dice desocupado, no es razón suficiente para modificar la medida judicial que respecto al uso de la vivienda que fuera familiar actualmente resulta atribuida en base al título que proporciona una sentencia judicial.
Tampoco refiere el amigo José Vicente ningún cambio o alteración sustancial de las circunstancias que en su día debieron tenerse en cuenta para fijar o decretar las medidas definitivas inherentes a la separación.
Por todo lo anterior, me inclino a pensar que no existe base legal para modificar la sentencia matrimonial en el sentido de extinguir la medida judicial de uso de la vivienda hasta ahora vigente en razón de la existencia de un hijo menor de edad.
Además, de actuarse de este modo, se estarían trastocando sin razón suficiente y en beneficio de José Vicente (que vería libre de cargas su propiedad) el supuesto equilibrio que la sentencia de separación hubo de tener en cuenta o ponderar al dictar todas las medidas defintivas de carácter económico inherentes a la crisis conyugal.
Dicho de otro modo, sería tanto como hacer pechar a la esposa una necesidad tan básica para el menor como es el alojamiento sin que las prestaciones alimenticias se vieran afectadas. Esta idea creo que es sumamente importante, dado que las medidas definitivas de una separación o divorcio deben ser valoradas en su conjunto, no solo individualmente, dado que responden a un remedio que en base a unas concretas circunstancias se estipuló para dar solución a una crisis de pareja.
Claro que puedes recuperarla.
Dame tiempo y te doy sentencias. Aunque es de sentido común desgraciadamente es el sentido que menos se da en los juzgados.
Mi caso es muy similar, ella se marcho a otra ciudad y compró una vivienda que habita. Mis hijos cambiaron de colegio, pero la vivienda familiar que es privativa, aún lo la tengo. Estoy a la espera de sentencia.
saludos
Estimado Zugasti, en primer lugar, no me sorprenden tus repentinos conocimientos jurídicos que llegan al extremo de aconsejar a una persona en orden a que entable una demanda civil frente a otra. Era cuestión de tiempo. Se veía venir.
Zugasti, de separado con multitud de problemas has pasado a ilustre asesor jurídico. "zapatero a tus zapatos", dirían algunos.
Respecto al tema planteado y en base a los datos ofrecidos por José Vicente me ratifico plenamente en mi parecer jurídico (que es propio, personal, asentado en la experiencia que me da mi profesión, aunque no indiscutible, ni infalible -hasta ahí podríamos llegar).
Creo que existen unas cuantas razones DE CONCEPTO para que el hipotético incidente de modificación de medidas a plantear por José Vicente no vea una favorable acogida judicial. Es por lo anterior que, siendo honesto, no puedo aconsejar a una persona que se meta en más líos de los desafortunadamente ya tiene y nos ha relatado depositando en cierta forma su confianza.
Además, la controversia judicial a la que tú aludes indirectamente, significa gastos en abogados (el suyo y el contrario -ya sabes las costas procesales-), dejando a un lado el lamentable peregrinaje judicial (algunos baten records memorables dado que se puede decir que casi viven en el juzgado) y el estress que producen estas situaciones tan amargas que no suelen ser, salvo excepciones masoquistas, plato de buen gusto para nadie.
Y después de todo ello, yo me pregunto ¿Qué ocurrirá?. ¿La culpa de quién será?. Del abogado incompetente, del juez/a prevaridador/a a la que hay que echarle la Guardia Civil encima; del funcionario vago e incompetente; de la ex-mujer que era muy mala y perversa, de los hijos alienados frente al padre; de la sociedad en general que no comprende al demandante. En fin, creo que esa no debe ser la dinámica a adoptar por José Vicente.
Lo que quiero decirte con todo lo anterior, amigo Zugasti, es que antes de dar una respuesta jurídica hay que meditarla y calibrarla. Tú, al parecer, no lo haces al contestar a José Vicente de la siguiente forma respecto a su pregunta inicial: "CLARO que se puede. Dame tiempo y te doy sentencias".
Amigo Zugasti, Sentencias si me pongo a rebuscar también se las doy yo al consultante. Pero ello comprenderás que no basta cuando la probabilidad que la situación de José Vicente vaya a peor (en todos los aspectos) es más que previsible.
Zugasti, en el caso de José Vicente yo te podría dar al menos DIEZ ARGUMENTOS para desestimar sus pretensiones y con ese lastre comprenderás que le conteste al amigo José Vicente como le contesto.
Pero es que para contestar de dicho modo hay que saber: 1º.- Que las sentencias familiares para ser modificadas requieren la acreditación de alteraciones sustanciales de las circunstancias que en su día se tuvieron en cuenta para su dictado -jurisprudencia existe sobre los elementos que deben concurrir-, 2º.- También habrá que saber que significa la medida de uso de la vivienda familiar establecida en el artículo 96 del Código Civil y como no la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo sobre la misma, 3º.- No habrá que desdeñar tampoco el interés del menor de edad, principio básico éste que rige de manera más que evidente en la resolución de los conflictos de familia , 4º.- No se pueden mezclar conceptos como la propiedad y el uso haciéndose interpretaciones que están bien para una barra de bar pero que en estrados no suelen funcionar. En fin, y podría seguir y seguir....
Házme caso José Vicente no te metas en un pleito que no tienes la confianza de vencer. Ante ello nada más que existe una solución sensata y madura: el diálogo y el consenso. Si ello no es factible te queda la espera o la conflictividad judicial. Tú eres el que decide.
El primero en aconsejar llegar a un acuerdo antes que entrar en pleitos soy yo. Sólo hay que repasar mis mensajes.
En el caso de José Vicente es evidente que no hay posibilidad de llegar a acuerdo alguno. Es evidente que la otra parte, independientemente de su sexo, se está lucrando a costa de su ex aprovechándose que tiene la custodia.
Mis conocimientos jurídicos son mínimos. Ya lo he dicho varias veces.
Ayer mismo estuve en casa de un amigo en Tres Cantos que es un caso idéntico al de José Vicente. Ha recuperado su casa y en breve esperamos que recupere la custodia del niño que en cinco años sólo ha "disfrutado" de la compañía de su custoida madre en tres fines de semana. Es fácil saber para qué quieren estas "madres" a sus hijos.
José Vicente ha preguntado si puede recuperar su casa. Yo le he contestado que sí. Otra cosa es si le merece la pena y le va a costar más el collar que el galgo. Eso es decisión suya.
Estimado Zugasti, el diálogo y el consenso NUNCA, y digo NUNCA, está perdido. Te podrías sorprender respecto de asuntos que estando sumamente enconados se han arreglado simplemente con un ápice de cordura y cierto cambio en la manera o forma de afrontar los problemas.
Lo que me preocupa de tu intervención no es en sí el asesoramiento que por supuesto no es ilustrado, sino los calificativos ("es evidente que la otra parte, independientemente de su sexo, se está lucrando a costa de su ex aprovechándose que tiene la custodia") que en tono justiciero sueles utilizar sin conocimiento de causa.
A mayor abundamiento, tampoco entiendo el supuesto corporativismo y pluralidad con el que te expresas: Que quieres decir con que "ha recuperado su casa y en breve ESPERAMOS que recupere la custodia del niño".
Mira Zugasti, una separación es cosa de dos y tres suele ser multitud.
El que interviene en estos temas suele hacerlo quitando hierro a las situaciones y no echando más leña al fuego. Esa es la postura sensata y que los buenos abogados suelen adoptar, aunque a veces, te reconozco, el acercamiento resulte dificultoso.
El abogado que se dedica a estos temas sabrá lo que quiero decir, dado que en ocasiones somos nosotros mismos los que sobramos. El abogado que afronta estos temas tiene que tener una visión distinta a la de los clientes, una psicología especial, una capacidad para prevenir futuros acontecimientos y, todo ello, en beneficio del cliente que contrata sus servicios. Normalmente el que actúa de esta forma se le tilda de imbécil pero solo A LA CORTA. Con el paso del tiempo las cosas cambian y alguién se acuerda que el consejo más tonto quzás era el más sabio o, como mínimo, el menos malo. (lo digo por el pesimismo que rodea a las crisis familiares).
Por último, me llama poderosamente la atención que te quejes de manera cansina de corporativismos que catalogas de "feminazis" y, ahora, vengas tú a crear algo de similar condición.
Yo me pregunto: En el caso de tu amigo de Tres Cantos quien es el que se separa, tu amigo y la perversa; tu amigo, la perversa y tu asociación; tu amigo, la perversa, tu asociación y las "feminazis"; tu amigo, la perversa, tu asociación, las feminazis, los abogados de las partes, en fin, como ya dije, TRES SON MULTITUD.
Os ofrezco más datos : el uso de mi vivienda no se fijó en sentencia judicial , se plasmó en la demanda de separación de mutuo acuerdo y en ese momento la madre de mi hijo no trabajaba, ahora sí ( desde hace unos 2 años) por lo que cuando firmamos el mutuo acuerdo ella no tenía ingresos y ahora si .
Agradezco vuestras indicaciones .
Un saludo
José Vicente, lo anterior, cambia en cierta forma tu planteamiento inicial.
El acceso al mundo laboral de tu ex-esposa, además debidamente consolidado (2 años), sí puede considerarse un cambio sustancial de las circunstancias que en su día fueron juzgadas. Digo juzgadas puesto que, a los efectos que planteas, lo mismo es que la sentencia fuera dictada de forma contenciosa, que de mutuo acuerdo. (homologando el acuerdo por vosotros presentado)
Ahora bien, dicho lo anterior, lo que habrá que estudiar es si dicho cambio en las circunstancias que considero sustancial, puede dar lugar a una modificación de la medida que expresamente pretendes: la extinción del uso de la vivienda familiar y ajuar doméstico en ella existente.
Podría existir base para pedir una reducción de tu pensión de alimentos establecida en favor del hijo menor de edad y, con el dato que aportas, no descarto la posibilidad de, como dices, puedas recuperar tu vivienda.
No obstante lo anterior es un tema complejo y deberás asesorte previamente por medio de un abogado al que deberás explicar en que consiste esa nueva situación (datos, pruebas, etc).
La complejidad del asunto planteado viene del derecho que tu hijo menor de edad tiene a usar de dicha vivienda y ajuar existente dentro de la misma (con independencia de la titularidad de la misma que creo extremo menos trascendental).
Dicho derecho lo ostenta en base a una sentencia judicial y, también, por el simple hecho de haber anidado en la misma su hogar, su morada, el reducto más esencial o elemental que sirve a la satisfacción de sus necesidades primarias y protege su intimididad-privacidad.
En fin, con el nuevo dato que aportas, tu asunto pasa a ser complejo y obviamente gana posibilidades de vencimiento.
No obstante, nunca olvides el diálogo y el consenso.
¿Cuándo he dicho yo que mis opiniones sean ilustradas salvo por la práctica que desgraciadamente tengo?
A mayor ...
Digo esperamos, incluyéndome, porque tengo cariño al padre y al hijo porque entre otras cosas han sido vecinos míos y el niño ha sido compañero de clase de mi hija.
Mira Zugasti, una ...
Debería serlo. En algún otro mensaje ya he dicho que la gente se equivoca cuando cree que al separarse se libra del otro pues mete al juez, al fiscal, al abogado,...
El que interviene en estos ...
Totalmente de acuerdo. Te presento a unos cuantos a los que les he dicho exactamente lo mismo. Hombres y mujeres.
El abogado que...
Ojalá todos tus compañeros y compañeras de profesión tuviesen ese criterio.
Por último, me ...
El término feminazis se les queda corto. Los nazis no sostenían ideas tan descabelladas y aberrantes. Basta teclear en google la palabra. Intenta leer cualquier escrito, artículo o parte de un libro de este colectivo. Cuesta trabajo. Por lo disparatado de los “razonamientos” y por la redacción imposible. Te pido por favor que lo hagas para que sepas a qué me refiero. Sobre cuales son sus intereses, los económicos, me tomaré la libertad de enviarte alguna documentación a tu correo electrónico. Son datos oficiales. Con gusto lo aportaría al foro pero o no se puede hacer o yo no sé como adjuntar documentos a este foro.
¿Qué corporativismo he creado yo?
Yo me pregunto: En ...
El caso de mi amigo, no mío, y en relación con la consulta de José Vicente, es el siguiente. Separación de bienes. Él posee el domicilio conyugal (chalet adosado) y ella un piso de 100m. Ella prepara la separación durante meses sin que el marido lo sepa y pide el domicilio conyugal que obtiene en medidas provisionales junto con la custodia del niño al que en estos últimos cinco años sólo ha atendido en tres fines de semana. Pone en alquiler el domicilio conyugal y su piso y alquila otro más pequeño para habitarlo ella con el niño. Esto es, lucrarse y dejar bajo un puente al marido. En primera instancia y en la audiencia provincial afortunadamente prevalece el sentido común y le dan el chalet a él pues la madre tiene su propia casa. Cuando la esposa va a recoger sus enseres para mudarse a su piso se lleva hasta los grifos del chalet. Los abogados de la esposa son Themis. Hicieron de todo para impedir que se sentase este precedente tan contrario a sus intereses. Son las mismas Themis que han exigido que a la jueza decana de Barcelona se la aparte de la carrera judicial y se la obligue a estar callada. Son muy demócratas estas dictadorzuelas de república bananera que no atienden a las mujeres verdaderamente maltratadas y te puedo presentar a unas cuantas a las que nosotros sí ayudamos. Por cierto, el escrito ante el CGPJ de estas feministas de pacotilla se “basa” en gran medida en lo que otros y yo estamos haciendo. Son las mismas Themis que han redactado la nueva ley del divorcio y la ley integral contra la violencia de género. Ambas aberrantes e inconstitucionales.
José Vicente pregunta si puede y le contesto que sí. Otra cosa es que le merezca la pena. Él decidirá.
Por último he de quejarme de tu anterior mensaje y su tono sarcástico. Te envié en su día un mensaje contándote algunos casos reales y estremecedores y el porqué de mi tono en mis intervenciones. Luego me he enterado que el caso de “abuelo” ya lo conocías. No te mencioné nada del mío. Pero el mío no es moco de pavo. Mis hijos han llegado a perder casi el 30% de peso porque ni les dan de comer. Mi hijo con siete años amenaza con suicidarse cuando le toca volver con su madre. Por escrito. La jueza, por ejemplo, tramita durante meses la retirada del régimen de visitas carcelario que “disfruto” y la patria potestad sin que ni la parte demandada, yo, ni el fiscal sepan nada de ello (todo ello por una denuncia de amenazas e injurias por telepatía presentada por mi ex contra mi). La jueza celebra la vista sin que yo tenga abogado. No cita a los testigos que ella misma ha aceptado. Etc. La primera vez que meto a la guardia civil en el juzgado es el día que me entero de la existencia de este expediente pero tras innumerables episodios de prevaricación y maltrato a mis hijos. Pido ver el expediente, que se me de copia, que se me tome comparecencia y que se tramite mi petición de abogado de oficio. Se me niega todo. ¿De verdad crees que disfruto pasándome el día en los juzgados víctima de falsas denuncias sin que se me permita siquiera defenderme? Si el pleito fuese por una casa o un coche hace mucho tiempo que se lo hubiese cedido con tal de perderla de vista. Pero son mis hijos por lo que lucho. Contra una madre desnaturalizada y contra un sistema aberrante que tiene la desfachatez de decir en sus sentencias que lo hacen por el beneficio del menor.
Bueno Zugasti, perdona por lo del tono sarcástico. Es cierto que lo he utilizado varias veces pero es que trasladas al foro una imagen demasiado exasperada que hace que saque mis propias conclusiones. Quizás esté errado. Lo más probable. Es cierto que en alguna ocasión te has dirigido a mí por correo electrónico haciéndome ver casos sangrantes y sin sentido (al menos como tú los describes). Ahora bien, lo anterior, no te da carta de naturaleza para descalificar de modo general a la gente. Por eso lo de mi tono sarcástico, que utilizo de buena fe, quizás en la creencia errónea que pudieras estar equivocado y que cometes el error típico de las separaciones muy conflictivas: creerse que se ostenta toda la razón y no dar pie a las opciones diferentes.
Puedo comprender tu situación pero lo que no puedo compartir, y lo sabes, es la forma y manera en la cual te expresas. La razón no se tiene por más gritar o vociferar. Cuando se pierde el respeto, aún con motivos para ello, se suele también perder la razón.
Respecto al tema de tu amigo de Tres Cantos, indudablemente, es diferente al de José Vicente dado que su esposa abandonó la vivienda familiar. Supuesto éste que, no siendo transitorio o meramente accidental, pudiera dar lugar a la modificación de la medida por ineficaz, máxime si la esposa dispone de otra vivienda donde ha establecido su nuevo domicilio.
Bueno Zugasti, sabes que soy persona a la que me gusta debatir (de derecho) pero huyo de las disputas o enfrentamientos absurdos. Dicho lo anterior, si en algo te he molestado, te pido mis más sinceras disculpas.
Zugasti, si fueras más comedido, no sabes cuanto ganarías. Muchas de tus ideas las puedo compartir (algunas son brillantes), pero, las formas, las formas, las formas.... Sé que estás muy quemado o, al menos, eso me lo parece pero los modos nunca se deben perder. Se dice mucho más con buenas palabras. Créeme.
En el caso de Tres Cantos la esposa no abandonó el domicilio conyugal. Estuvo en esa casa (expulsando al propietario) hasta que le hicieron abandonarlo por sentencia firme de la audiencia provincial.
Según mi criterio es el mismo caso que el que AHORA tiene José Vicente. Otra cosa es que dado como está el patio, los prejuicios de la mayoría de los jueces y fiscales y las directrices que tienen los fiscales de su superior, le merezca la pena.
A mi amigo le ha supuesto, por ejemplo, pasar el invierno sin calefacción porque no tenía para pagarla. Pero lo da por bien empleado para poder recuperar a su hijo.
Es muy difícil conservar las formas cuando tus hijos están al borde de la muerte por la maldad de la madre y de la jueza. Cuando te impiden defenderte siquiera pues hasta me han impedido entrar en la vista de un juicio en el que yo era el denunciado. Cuando te cuentan casos aberrantes prácticamente a diario.
¿Qué idea he tenido que pueda considerarse brillante?
Voy a mandarte documentación a tu correo y acabarás por llamarme comedido.
Estoy siguiendo con mucho interes este debate, abre nuevas alternativas a personas que estén o puedan estar en la misma situación que Jose Vicente.
Pienso que las posturas de Alegato y Zugasti no son excluyentes ya que hay situaciones en las que el dialogo no es posible por el desequilibrio de fuerza o poder que nuestro sistema judicial concede a una de las partes y por tanto no necesita negociar. Ojala fuera posible oir las mismas palabras de Alegato en la mayoria de los abogados y que fueran estos los que pusieran en sus clientes el sentido común que muchas veces no tienen.
Espero con interés nuevas aportaciones y las sentencias que tanto Zugasti como alegato pueden aportar.
Agradecería que me pudierais indicar donde/como conseguir la jurisprudencia que mencionaba Zugasti ya que tengo clara mi postura en el sentido de que si hay posibilidades de salir de la situación en la que me encuentro ( es durisimo que con 35 años tenga que subsistir gracias a mis padres) voy a intentarlo .
Gracias por anticipado .
Estoy siguiendo este post mano a mano entre Alegato y Zugasti, y ambos a mi entender llevan su parte de razon y su parte en contra, me explico:
Alegato: si bien es verdad que a veces el dialogo entre las partes interesadas en una separacion pueden evitar un largo litigio, tambien es cierto que hay una fecha de caducidad que hay que poner a todo, no se puede estar intentando un acuerdo con alquien que ves claramente que solo quiere jorobar, cuando ves eso, lo mejor es ir a contencioso y que salga el sol por donde quiera, incluso los abogados de las partes, realizan un par de intentonas, pero no mas, porque eso quema, y alarga eternamente el intento de mutuo acuerdo, que no quieren, pues a contencioso, luego cuando ven que vas por tu cuenta entonces intentan un mutuo acuerdo, pues mira ya es tarde, ahora lo que salga y a fastidiarse todos, no se puede estar a lo que quiera una persona cabezona que lo unico que pretende es entretenerte, sangrarte, muchos casos incluso aunque sepan que van a perder, hay gente que su abogado mismo se lo indica, y hacen lo que quieren, pero como el abogado tiene que seguir las indicaciones del cliente, hale hacia adelante, a este tipo de gente sin sentido comun, cuando llega el juicio les deberian meter costas hasta por las orejas, y se dan casos de sentencias, que no las cobran, cuando lo unico que hacen es extorsionar no solo al ex conyuge sino a la propia justicia, y no se da, comentas Alegato, lo incisivo de Zugasti, de acuerdo que cuando se pierde la templanza se puede perder la sangre fria, pero tanto como la razon, no dudo que no haya casos, pero no creo que sea la mayoria, de todas maneras quiero exponer, que es facil hablar de templanza, cuando te estan amargando la vida, Alegato, para vosotros los abogados, es un trabajo rutinario, para la gente que representais, es su vida, su bolsillo, sus hijos y un largo etc, y no es facil pretender tranquilizar a una persona asi, tu mejor que nadie sabras de que te hablo, porque lo ves todos los dias, pero cada uno sabe donde le aprieta su zapato, y Alegato, aunque te tengo como profesional un gran respeto en tus exposiciones, eso no me quita el derecho de decir lo que pienso, que no soy unica, de que hay demasiada injusticia aplicada en carne ajena, y que aunque abogados, en este caso, y hay que contar con que humanos, y todos pueden tener fallos, hay demasiados, que no hablo por ti, demasiados desajustes, contradicciones, y que lo que nadie nos puede pedir por no ser abogados es que traguemos con todo, porque aunque no nos hayamos doctorado en derecho, no quiere decir que lo desconozcamos, la lec esta al alcance en lectura de todos, que no su aplicacion, pero aunque solo sea por haberte visto inmerso en estos tejemanejes, algo sales sabiendo, y aunque por tu forma de escribir distingo que no eres de lo que voy a comentar, tanto en tu profesion como en otras, pero ahora estamos hablando de esta, he visto demasiada prepotencia, y eso es algo que esquino porque no se merece mas mi respeto un abogado por serlo que yo u otros en mi profesion por el resto, un saludo a ambos.
No es posible tener la plena seguridad, pero existen muchas opciones de que Jose Vicente pudiera ganar la demanda. Existe un evidente cambio en las circunstancias del momento de separación cuando la mujer no trabajaba ni disponia de un domicilio propio y si la vivienda que ha comprado está en la misma población no supone ningún cambio para el hijo de Jose Vicente. Respecto al derecho del hijo a vivir en la vivienda familiar debía de convertirse entonces en una obligación para el custodio, entonces porque puede sin ninguna autorización de la otra parte o judicial cambiar no solo de domicilio sino incluso de ciudad o región a su antojo. En este caso que prima ¿el interés del que tiene la custodia o el derecho del níño?
Francisco tranquilizate un poco que tu lo sabes hacer, este consejo es muy facil darlo, el cura de mi pueblo así mismo proclamaba la templanza, la cordialidad, las buenas constumbres, y todas las virtudes cardinales, pero he aquí un buen día un feligreses le pisó un cayo, el curita gritó tan fuerte y grave blasfemia que a los oidos de Dios llegó.
Esto mismo, pero con la diferencia de que llevamos años en que nos están pisando nuestros derechos; pienso y debo decirlo que no solo por ser un abogado muy legal, sino más bien una persona consecuente y muy conocedor de las torpezas chapuceras de nuestra justicia, debería haber sido desde al inicio un poco más condescendiente en su repuesta a Francisco.
Como bien todos sabemos, esas queridas y estimadas amigas de Themis, están a la que salta deseando que alguien pueda rediculizarle y si esta actuación proviene de una estimada y leida persona, aún más se frotarán las manos.
Tengamos en cuenta que Zugasti ante todo es un gran luchador por la causa, que no es otra que oponerse a las graves injusticias que actualmente se están cometiendo contra el hombre separado, esta vez no voy a repartir responsabilidades porque todos las conocemos.
Saludos