Para especificar,un poco más, la respuesta de Vegas, efectivamente, tienes un año para reclamar cantidades, pero el plazo anual de prescripción comienza desde el día en que se pudo ejercer la acción, estamos a 15 de abril de 2010, si existiran diferencias en el salario del mes de marzo de 2009, no las puedes reclamarlas.
Es decir, que si las nóminas de los últimos 12 meses no se nos han abonado el plus firmado en convenio, tendrías que reclamarlas ya, porque cada mes que tardeis ... será un mes, que la reclamación de dicho plus estará precrita.
Hola,
nos han notificado el despido objetivo a dos compañeras, al no dar el mes de pre-aviso la emp. paga un mes de salario como penalización, pero al revisar el finiquito y las nóminas de los últimos 12 meses vemos que no se nos ha abonado en estos ningún plus firmado en convenio.
Si no ha pagado el plus ¿solo podemos reclamar los últimos 12 meses aunque sean más los que no nos ha pagado dicho plus?
¿o no podemos reclamar ninguno al ser despedidas?
¿en el computo del finiquito se considdera base calculadora del mismo dicho plus que deberia haberse pagado todos los meses?
tengo muchas dudas más pero esta es la que más me preocupa antes de firmar nada