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Puedo publicar .org.es

3 Comentarios
 
22/09/2011 14:52
Pues claro.

Repitiendo lo dicho, "conozco diversas personas físicas que tienen registrados este tipo de dominios sin ser organización ni nada por el estilo".

No es un segmento que se controle especialmente.

Otra cosa sería intertar registrar dominios .gov o que contravengan normas especiales referentes a la propiedad de los mismos, como las referentes a denominaciones propias de Internet, etc.

Lo demás es muy teórico.
22/09/2011 09:12
yo tengo un dominio .org desde hace unos 8 años, y, aunque es un museo virtual, sí que es sin animo de lucro y sin publicidad,solo ofrezco informacion de una cosa que ya no existe fisicamente. Soy persona fisica y lo pago todo de mi bolsillo, repito, sin tener ni siquiera los anuncion google que aprecen en todas partes.

Pero con ello no quiero decir que lo que yo tenga sea legal, ni que sea correcto, pero lo vi conveniente, a ser sin animo de lucro y sin obtener nada mas que "gastos" por ello.
saludos.
03/09/2011 17:02
Hola Er Vicente,

Si eres una entidad, institución o colectivo con o sin personalidad jurídica y sin ánimo de lucro que tienes intereses o vínculos en España, puedes.

Todo esto de las autorizaciones de registro de dominios de tercer nivel lo tienes regulado en la Orden ITC/1542/2005 de 19 de mayo que aprueba el Plan Nacional de nombres de dominio de Internet bajo el código de país correspondiente a España.

Concretamente, si quieres leerlo tú mismo, en el apartado décimo:

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Décimo. Legitimación para la asignación de nombres de dominio de tercer nivel.

Podrán solicitar la asignación de un nombre de dominio de tercer nivel:

a. Bajo el indicativo .com.es, las personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad que tengan intereses o mantengan vínculos con España.

b. Bajo el indicativo .nom.es, las personas físicas que tengan intereses o mantengan vínculos con España.

c. Bajo el indicativo .org.es, las entidades, instituciones o colectivos con o sin personalidad jurídica y sin ánimo de lucro que tengan intereses o mantengan vínculos con España.

d. Bajo el indicativo .gob.es, las Administraciones Públicas españolas y las entidades de Derecho Público de ella dependientes, así como cualquiera de sus dependencias, órganos o unidades.

e. Bajo el indicativo .edu.es, las entidades, instituciones o colectivos con o sin personalidad jurídica, que gocen de reconocimiento oficial y realicen funciones o actividades relacionadas con la enseñanza o la investigación en España.

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Aunque te voy a decir que yo conozco diversas personas físicas que tienen registrados este tipo de dominios sin ser organización ni nada por el estilo.

Incluso en el caso de dominios de segundo nivel.

Es decir, se trata de normas jurídicas que luego no se cumplen en la práctica, ya que el registro de este tipo de dominios se realiza desde plataformas puestas a disposición del público por empresas dedicadas a ofrecer servicios de hosting y de diversa índole, con posibilidad de registro de dominios, y que no realizan un control exigente de las características del registrante, salvo en lo relativo a la localización física del mismo.

Así, te sería difícil registrar un dominio .es desde un país extranjero (o imposible), o un dominio .co.uk desde España.

Lo demás es más o menos discutible.

Por supuesto, hay más control y mejores sistemas de comprobación en el caso de dominios .gov.es y edu.es por razones obvias.

Un saludo.

José Manuel Rosón Bravo
Puedo publicar .org.es
03/09/2011 13:57
¿Puedo publicar yo este tipo de dominios?