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¿Puedo presentar desahucio por precario?

6 Comentarios
 
¿puedo presentar desahucio por precario?
perfil kmc
28/11/2008 13:32
Muy buenas, os expongo el caso, existe un terreno propiedad de tres personas (mi hermano, mi cuñadno y yo). En el terreno se construyo una casa. - Mi hermano y su novia se fueron a vivir (siendo esta una vivienda de campo, a la que ibamos normalmente fines de semanas, verano...) y tuviron un hijo. Actualmente se ha separado y le han dado la casa (Que esta dentro de un terreno de 3000m2) como vivienda familiar a ella.
¿Puedo pedir precario?. ¿Sabeís alguna sentencia parecida?
Para más inri, ella no esta viviendo allí, se queda con sus padres y ha cambiado candados, cerraduras... de la Casa y del mismo terreno. ¿Como puedo demostrar que no vive allí?
Gracias a Todos los que respondan de manera anticipada
28/11/2008 18:02
Hola KMC,

Entiendo que tu problema es, desde un punto de vista jurídico, muy interesante.

Y lo es porque, de no ser tu hermano copropietario de la finca, estaríamos claramente en el mismo supuesto en el que el Tribunal Supremo acaba de sentar jurisprudencia: cuando un tercero (normalmente los padres del hombre) cede una casa a un matrimonio para que sirve de domicilio familiar y éstos terminan separándose, la sentencia que adjudica el domicilio familiar al otro cónyuge (normalmente la mujer con hijos) NO es título suficiente para oponer al derecho del propietario, y por tanto dicho cónyuge se encuentra en situación de precario y es susceptible de desahucio.


Pero tu situación es distinta, y por tanto entiendo que más compleja, porque tu hermano si es copropietario, y por tanto a él (y solo a él) si que le afecta la sentencia en que se adjudica el domicilio a su ex mujer.

Quizá podríamos estar en una situación similar a la de una comunidad de bienes. Por tanto ella no tendría derecho a usar el 100% del bien de manera exclusiva y sin compensación. Pero esta es solo una idea. Habría que estudiarlo.

A ver si los profesionales del foro te pueden echar un cable.

Mientras, como tengo interés puramente didáctico en el asunto, te voy a realizar un par de preguntas: ¿cuál fue la razón de que tu cuñado y tu cediérais en un principio la vivienda a tu hermano?, ¿para que la viviera durante su matrimonio?; ¿llegaron ellos a pagar en algún momento renta por ocupar la vivienda?

Respecto a la pregunta que realizas sobre la prueba, puedes demostrar que no vive allí mediante testigos, interrogatorio de parte o bien mediante documentos como el recibo de la luz o del agua, por ejemplo.
02/12/2008 14:25
Entiendo que el precario no es posible dado que la posesion de la casa la tiene en virtud de un titulo como es una sentencia donde se la otorga. Lo que si cabria seria una accion reivinicatoria o tambien la declarativa de dominio y una vez obtenida la sentencia podria iniciarse una accion de division de la cosa comun. Es unasunto bnito y complicado que habria que estudiar a fondo. Para ello habria que saber entre otrascosas, como esta y a nombe de quie inscrita la finca, si paga algun tipo de renta o alquiler, si la obra nueva se inscribio en su momento etc. Un saludo elinga@ono.com
04/12/2008 18:32
Hola,

Dado que no está usando la vivienda, podría intentarse una modificación de medidas por no existir ya el interés familiar necesitado de protección que justificó la atribución de tal uso al cónyuge con hijos.
05/12/2008 17:36
la diferencia es por precario o por comandato?
cuales serian exactamente los requisitos?y con que posibilidad se podria demandar si existiera un comnadato?
07/12/2008 17:07
Bianca, ¿podrías reformular la pregunta? no entiendo bien cuál es tu duda.
perfil kmc
19/12/2008 12:12
Muy buenas, a todos, y gracias por contestar, le esplico un poco más, mi hermano no esta casado, por lo que se instalaron alli de forma temporal. No han pagado nada para estar allí.
Pues que se le va a negar a un hermano.(visto lo visto, nos lo tendremos que pensar todos, a la hora de hacer estas cosas).