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puedo pedir abogado de oficio estando en el paro

6 Comentarios
 
Puedo pedir abogado de oficio estando en el paro
02/05/2009 20:38
Hola:Mi exmujer aparte de abandonar a mi hijo no le pasa la pension alimenticia por haber cumplido los 18 años.
¿puedo pedir un abogado de oficio a la hora de denunciarla?
¿que sancion tendra que cumplir,porque creo que es delito?
¿creeis que estoy en mi derecho de dar este paso?
Realmente os doy a todos las gracias por estas ayuda desde hace algún tiempo.
Suerte a tod@s
02/05/2009 20:48
juad,

Le aconsejo que exponga todo su caso en un solo hilo y espere respuestas de abogados.

Ferro ya le ha dado una en el hilo de al lado.

No haga ni caso de lo que lea a una forera con nick de canción de grupo extremadamente hortera de los años 80, una de cuyas integrantes acabó de manera lamentable. Trabaja aquí para equivocar a la gente y que vuelvan al foro.

02/05/2009 21:28
gracias a velisnosi.no tengo mucha experiencia con todo esto.
perdon por tanto lio
02/05/2009 21:29
No creo tenga derecho a abogado de oficio con sus ingresos dirijase a la OIJ de su CA o al colegio de abogados de su localidad o provincia.
Respecto a la sancion interrogue en el foro de derecho penal
Derecho seguro, oportunidad y conveniencia creo que no
Un saludo
02/05/2009 21:54
Juad, entre en www.justiciagratuita.es, allí tiene un simulador donde puede introducir sus ingresos del último año y se podrá hacer una idea. La pensión que perciba por los niños también cuenta, excepto las que no haya cobrado, lógicamente. De todas formas es en el Servicio de Orientación Jurídica que le corresponda donde mejor podrán asesorarle al respecto.
03/05/2009 10:26
juad

Puede pedir una ejecución de sentencia, que es por vía civil, no penal.
perfil Rus
05/05/2009 17:25
por partes. abogado del turno puede pedirlo si quiere y se lo darán. otra cosa es que reuna los requisitos para que le concedan la asistencia jurídica gratuita. como le han dicho, puede consultar la web citada o acudir al colegio de abogados de su localidad.

en estos temas de familia tiene preferencia la vía civil, por tanto, si la madre ha dejado de pagar la pensión de alimentos sin que haya resolución judicial que lo permita, debe solicitar la ejecución de sentencia (ud y su hijo mayor de edad).

Para que sea delito debe haber dejado de pagar dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos, y para que la condenen debe haber solicitado la ejecución de sentencia en vía civil. De no ser así, probablemente la absolverán.

En cuanto al abandono, habría que ver qué ha hecho exactamente para saber si la denuncia puede prosperar.