Puedes no ir, y si se te ha citado personalmente y la pena solicitada es inferior a 2 años de prisión, se podrá celebrar el juicio.
Lo de que tu abogado declare tu culpabilidad, es complejo; Si te refieres a si sería posible una conformidad con la pena que solicite el fiscal, la misma sólo es posible si se presta personalmente.