Puede ser de aplicación el artículo 416 de la LECrim que exime del deber de declarar a ciertas personas, aunque depende de sus circunstancias.
Aquí tiene un enlace donde se le explica de forma más concreta: http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho Penal/201104-23789125647522.html.
Espero haberle ayudado,
Victor_Penal@indiciodigital.es
Hola,mi ex pareja me.denuncio por violencia de genero have tiempo,contra mi se aechivo el.caso pero ella m.hizo un pequeno corte en el.brazo,yo renuncie al proceso pero la cosa sigue para adelante de oficio,mi abogado dicw que puedo no declarar pues voy como testigo,pues la.chica tenia problemas.con las.drogas ahora eata bien y no kiero k vaya a la carcel,puedo no declarar contra ella??asi la.absolverian no?