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¿puedo jubilarme voluntariamente?

Tema cerrado. No se admiten más comentarios
10 Comentarios
 
23/05/2023 21:42
josepepe1
Buenas,
Normalmente no me fijo en la fechas, leo el hilo y si puedo aportar algo lo hago y sino mejor me quedo calladito, pero no se porque me fue la vista a la fecha y me doy cuenta que casi un año después entras para contestarle a otro usuario........
Entiendo que finalmente pudiste jubilarte y el aburrimiento es tal que te metes por aquí a faltar al respecto no solo a quien diriges tus palabras sino a las normas del foro, creo que con tu edad deberías tener un poco mas de educación.......

Por cierto si los moderadores del foro ven el mensaje anterior por favor elimínenlo porque falta a las normas del sitio.
23/05/2023 21:30
Angl
Mensaje eliminado
29/05/2022 22:47
Experto laboral, tus cálculos podrían ser correctos dada la edad física pero la intención del trabajador es tomarse un tiempo sabático, (sin trabajar) y entonces se incrementa su edad física pero el tiempo cotizado no así que no me queda claro que sea como usted dice, que dicho sea de paso en temas de Seg Social respeto mucho sus opiniones.
Por otra parte, hoy en día se hace una consulta ante la Seg Soc de forma telemática y en poco tiempo, horas o pocos días y le envían la respuesta de forma inmediata
smo
29/05/2022 18:53
Lo que no se puede es aparecer por aquí, en plan caradura, exigiendo respuestas de expertos, y encima, gratis.
Mi respuesta anterior fue que si necesitas asesoramiento, PÁGALO.
Aprovecho la ocasión para invitar al personal del foro a NO ayudar a este tipo de personajes.
29/05/2022 13:53
Wikito
Para opinar hay que tener un poco de idea y no hablar por hablar. Si queréis jugar a abogados es cosa vuestra pero no entretengáis al personal.
22/05/2022 13:24
josepepe1
Hola. Es posible que tengas derecho a la jubilación anticipada a los 63 años, pues el año que viene tendrás 35 años, más el año del sercicio militar ( sólo sirve si es necesario para alcanzar el período mínimo de jubilación para jubilarse) acreditarás 36 años, más los dos años teóricos que te faltan hasta los 38 años que se necesitarían cuando tengas 65 años en el año 2023,. Así pues podrías jubilarte si el INSS no cambia su criterio del cómputo de los años teóricos que te faltan hasta la edad ordinaria de jubilación.
Mi consejo es que cuando tengas los 63 años, pidas la jubilación al INSS sin causar baja en la empresa.
Cuando el INSS te conteste sabrás con seguridad si te puedes jubilar ( pidiendo la baja en la empresa) o te informará cuándo te puedes jubilar.
Saludos
22/05/2022 03:54
josepepe1
Pues vaya contestación. ¿Que pasa que si no somos expertos no podernos opinar?. Me da igual que hayas dado las gracias por el comentario. Como te han dicho antes,¿Porque no vas a un despacho de abogados y pagas como hacemos los que queremos a un experto?. En esta página se anuncia muchos abogados ah!, pero tienes que pagar.
22/05/2022 02:38
josepepe1
Si acude a un despacho de un abogado o graduado social, tendrá esa opinión de experto que necesita al instante, y sin tener que esperar tanto.
Un saludo
21/05/2022 18:32
Antonio58
gracias por su comentario pero necesito la opinión de un experto.
Seguiré esperando un comentario de enjundia.
Saludos
18/05/2022 15:10
josepepe1
pues no,ya que necesitas 37 años y medio cotizados para acogerte a una jubilacion anticipada
¿puedo jubilarme voluntariamente?
18/05/2022 08:43
nací en marzo 1960, tengo cotizados a día de hoy 34 años y 2 meses, hice la mili durante más de un año.
Según mi edad y mi tiempo de cotización me corresponde la jubilación ordinaria a los 66 años y 3 meses.
Mi idea es dejar el trabajo voluntariamente dentro de un mes y vivir de mis ahorros hasta que me corresponda la jubilación voluntaria.
¿Me puedo jubilar voluntariamente a los 64 años y 3 meses ?
Gracias y saludos