Hola a todos!
Mi cliente ha recibido alta administrativa a los 15 meses del inicio de la baja. Sus lesiones son permanentes según el perito que hemos consultado.
No sé si impugnar el alta médica, si solicitar directamente la IP o bien, si puedo hacer las dos cosas.
Hay algo que me dice que si impugno el alta y pido también la IP me estoy contradiciendo.
¿Cómo lo veis vosotr@s?
Muchas gracias por anticipado a vuestras respuestas
Son dos cosas independientes, en mi caso también ha pasado lo mismo, por un lado impugnar el alta ante la inspección medica, y por otro, reclamación previa ante el INSS.
Creo que no te contradices, porque si aceptas el alta, estás de acuerdo en que tu cliente puede trabajar, cuando no puede y por eso estás pidiendo la IP.
totalmente de acuerdo con JesusGarcia:
- al impugnar el alta muestras la disconformidad
- al pedir la IP muestras la imposibilidad de trabajar
La unica "incongruencia" seria el planteamiento de:
- ¿y para qué se pide una IT cuando a la vez se pide una IP? se supone que el prorrogar una IT es cuando hay posibilidad de curacion pero como no lo tiene segun dices lo haces (el recurrir la IT) para que el INSS reconsidere su actuación y como no hay posibilidad de curacion pero SI lesiones, en vez de alta deberia haber derivado a tu cliente de oficio al EVI para su valoracion.
El plazo de impugnar el alta es muy breve, a lo mejor ya te ha vencido
Hola he agotado los 12 meses de IT y me han dado 4 dias para impugnar el alta medica, no estoy capacitado para trabajar, tengo la enfermedad de meniere con ataques de vertigos y crisis hipertensivas ¿puedo pedir una baja a mi medico de cabecera el mismo dia que tengo que incorporarme al trabajo?