Te equivocas de foro ANONIMUS, y también de procedimiento, el monitorio es un procedimiento de la nueva LEC, que sirve para reclamar deudas dinerarias, vencidas y exigibles de menos de 30.050 Euros, siempre que vengan acreditadas por documentos firmados por el deudor o demás documentos (facturas, albaranes, etc. unilateralmente creados), quede alguna manera relacionen al acreedor o al deudor.
Me temo que tendrás que buscarte un abogado y realizar una reclamación de daños y perjuicios.
¿puedo interponer proceso monitorio por daños y perjuicios a taller mecánico?
Me dirijo a este foro para solicitar información sobre proceso monitorio.
Mi pregunta es la siguiente;
¿puedo interponer proceso monitorio por daños y perjuicios a taller mecánico, debido a haberme tenido sin vehículo durante casi tres meses y entregarme una factura excesiva sobre otra reparación?
pd: el vehículo ha estado tres meses en el taller por negligencia del propio taller, al haber dañado el motor al manipular mal el motor.