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¿puedo interponer proceso monitorio por daños y perjuicios a taller mecánico?

2 Comentarios
 
16/06/2005 16:04
De acuerdo con corts
El procedimiento a ejercitar sería las acciónes reguladas en los art. 1902,1903 Código Civil

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
15/06/2005 20:23
Te equivocas de foro ANONIMUS, y también de procedimiento, el monitorio es un procedimiento de la nueva LEC, que sirve para reclamar deudas dinerarias, vencidas y exigibles de menos de 30.050 Euros, siempre que vengan acreditadas por documentos firmados por el deudor o demás documentos (facturas, albaranes, etc. unilateralmente creados), quede alguna manera relacionen al acreedor o al deudor.

Me temo que tendrás que buscarte un abogado y realizar una reclamación de daños y perjuicios.
¿puedo interponer proceso monitorio por daños y perjuicios a taller mecánico?
15/06/2005 18:13
Me dirijo a este foro para solicitar información sobre proceso monitorio.
Mi pregunta es la siguiente;
¿puedo interponer proceso monitorio por daños y perjuicios a taller mecánico, debido a haberme tenido sin vehículo durante casi tres meses y entregarme una factura excesiva sobre otra reparación?
pd: el vehículo ha estado tres meses en el taller por negligencia del propio taller, al haber dañado el motor al manipular mal el motor.

Gracias de antemano