No hay ningún delito por falsear datos. Padre biológico es obvio que hay, siempre lo hay, y a pesar de eso se permite inscribirlo sin padre conocido. Si el padre no quiere reconocerlo y la madre está de acuerdo, o no sabe de quién es (y que demuestre alguien que lo sabe, a ver si puede) lo adecuado es inscribirlo así. Aunque sepas de quién es no hay ninguna obligación de consignarlo, ni falsedad documental ni historias.
El padre si quiere que pida la prueba de paternidad, que aparte de que se le reconozca si lo es, no hay ni va a haber nada más.
Supongo que la mayoría de las mujeres que nos hemos quedado embarazadas hemos sido conscientes de quién era nuestra pareja sexual en ese momento. Y no será ni la primera, ni la última mujer soltera, que registre a su hijo con sus apellidos. Porque tiene el derecho, y punto. Otra cosa es que si el padre es consciente también tiene derecho a solicitar la consiguiente prueba de paternidad que lo demuestre.
De ahí a decir que está cometiendo un delito por falsear datos....
Hola, Paula27, quisiera saber porfavor que decidiste hacer con el registro y si te trajo repercusiones, mi hija está en un caso similar, sería de gran ayuda, un saludo
Entonces al final habéis insccrito el bebe con vuestros apellidos y no ha pasado nada? nada de falsificaciones? no se considera como tal? a mi me ha pasado lo mismo, mi ex queria que abortara por activa y por pasiva y ahora si que me amenaza con quitarme la niña.
Si inscriben el niño los dos (tiene que ir el tambien) hasta que tengan convenio regulador y la sentencia firme, los dos tienen los mismos derechos sobre el niño, que si el se lleva el niño no es secuestro....ojo con esto! Si no hay buena relación, evitate los problemas, inscribele con tus apellidos y luego el o tu misma puedes demandar la paternidad, asi que cuando tengas la sentencia sobre ello en el mismo documento ya tienes un convenio regulador que establece las visitas, la custodia, etc....No hay ningun delito de los que mencionan arriba, para nada.
Exacto, yo tambien estoy con gorana, olgaru y nazka.
No hay falsificación ni falsedad en incribir a tu hijo como tu hijo.
Incluso si luego hubiera acuerdo entre las partes, para que el padre ponga el apellido cuando ya tiene los de la madre, tienen que estar los dos presentes y la madre firmar dando consentimiento y reconociemdo como que es el padre, sino lo da, tiene que ser mediante juicio.
Aparte te dan opción de elegir el orden de los apellidos. Nosotros lo hicimos hace dos meses, pero ya se sabe, estan cosas van lentas y a la espera estamos para poder ratificar el convenio, ya que sin ese papel no lo podemos hacer aunque esta firmado desde hace meses y lo cumplimos.
Las cosas a veces mejoran con el tiempo, sino, pues ahi que ir a juicio.
Suerte a Paula27 y no deje que el miedo la domine.
Porque olvidan algunos por aqui que ella no quiere incribir a su hijo como solo su hijo por que si, sino por las amenazas del padre, que desde luego yo considero que es muy comprensible.
estoy con gorana y con olgaru, yo con el padre de mi hijo tuvimos que ir los 2 puesto que no estámos casados y mi hermana con mis 2 sobrinos lo mismo.
Asi que no creo que esta chica tenga ningun problema por inscribirlo solo con sus apellidos de momento y más adelante ya se verá, y si en un momento dado llegan a un acuerdo tiempo hay de ponerle los apellidos del padre.
Asi es. Eso sigo diciendo en varios mensajes.No es solo que puede inscribirlo con sus apellidos sino no puede ser de otra forma. Será falsificación de los documentos que falsifique la firma del padre. Solo en caso de los casados puede ir uno de los dos a inscribirlo.
Por si sirve de algo.
Yo quería inscribir a mi hija con el apellido del padre y que este cosntara en el Registro Civil como tal.
Al ir yo sola no me dejaron, y lo único que pude poner en el nombre del padre es precisamente eso, sólo su nombre pero no sus apellidos ni ningún dato más.
Conclusión: si el padre no va al registro contigo y no estais casados solo te dejan ponerle tus apellidos aunque sepas quien es el padre y quieras que conste no te dejan si no va contigo.
Hola.
Gorana, las conductas delictivas bienen avaladas por el C.P
y por si eso fuera poco por abundante jurisprudencia y doctrina de lo mas variada, las prisiones de nuestro pais, estan llenas de personas que intentan hacer la ley "a su manera"
Un saludo.
Lo que creo que no están comprendiendo aquí algunas personas es que este no es el típico caso, pareja en la que va a venir un hijo al mundo, sin más, se llevan mal y ella decide, o no le queda otra salida porque el padre niega al hijo, que inscribirlo con los apellidos de la madre solamente. Este caso es distinto, hay pruebas de por medio, y esas pruebas pueden ser base para la determinación de dolo y ese dolo conduciría probablemente a un delito de falsedad en documento público. Como explica Amo a mis hijos en su último comentario. Repito en este caso concreto no estamos en una situación muy general en la que no hay prueba alguna, hay pruebas y pruebas que no sólo se pueden utilizar en un proceso de delito por falsedad documental, sino en una demanda de filiación, con las consecuencias que se pueden derivar. Se pueden imaginar a quien le pueden caer las costas y hasta indemnizaciones por daño moral, por ejemplo, que uno no sabe hasta donde puede llegar algo si se actúa de mala fe. Luego vienen los lloros, el yo no sabía, que injustos son los tribunales, etc.
No recomiendo andar "jugando" con estos temas, la picaresca en temas legales puede salir muy cara, en no pocos casos se va a los tribunales a por lechugas frescas y se sale portando ramillete de cardos borriqueros, por ir de espabilado, o espabilada.
Amo a mis hijos, es totalmente eso, los servicios de asesoramiento gratuitos cuentan con abogados que, obviamente, no están especializados en todas las ramas. Lo primero que hacen, muy responsablemente, es hacerle constar al consultante si el tema que le está requiriendo pertenece o no a su especialidad y te asesoran como buenamente pueden, y por supuesto le doy las gracias por todo. Alguno hay que no realiza la advertencia, lo sé por experiencia de haberme dicho algo totalmente falso y además con mala leche, otros por supuesto sí lo hacen, otras veces es el consultante el que olvida que se le dio dicho aviso.
No debería ser tan difícil entender que hay pruebas de que se ha actuado de mala fé, y que nadie, nadie, nadie, ha dicho que la persona del registro vaya a denunciar nada, está sobradamente claro que es el padre, aquél al que a mala leche le van a hacerse gastarse un dineral en su demanda de paternidad, el que puede emprender la oportuna acción legal por lo penal.
Hola.
Mami 27, veo que no lo entiende, el delito existe cuando existe el dolo en las acciones de las personas y esa accion biene castigada en el codigo penal que segun el cual no hay pena sin dolo, en este caso y con sms como prueba mas las que el padre pueda buscar, (certificados de convivencia, cuentas bancarias en comun etc...) y demas pruebas que se hagan valer para efectuar la carga de la prueba, pueden llevar a incurrir en la figura del delito, su abogada de sevicios sociales esta a su disposicion, "con el dinero de todos los contribuyentes, naturalmente" pero no le extrañe y sin animo de acritud, que esa abogada solo lleve temas civiles, en muchas ocasiones los abogados se especializan en una o dos materias del derecho, y a veces pasan por alto conductas que bien podrian ser constitutivas de delito, (conozco algun caso en particular), por tanto, y al amparo de los articulos que le indico, bien podria este caso en particular, tener todos los visos de un clarisimo caso del delito de falsedad documental, ahora bien, dependera naturalmente del hecho que el padre interponga denuncia en la via penal y apartir de ahi, pueden sobrevenir unas dramaticas consecuencias dificiles de imaginar.
Un saludo.
A mí todo esto me parecería completamente surrealista, de no ser porque se practica constantemente y es algo que está a la orden del día.
Ahora bien, la falta de pudor y la total claridad, aconsejando de manera pública que se practique una "denuncia falsa" y se cometa un fraude documental, sí es algo que no deja de llamarme la atención.
¿Hemos llegado ya a ese punto en que, sabiéndose de antemano impunes, las falsas acusadoras no le temen ni a la opinión pública, ni a la justicia (esto por descontado)?
Repito, aunque se trate de un espacio virtual, un foro público de debate, esto tendría que ser constitutivo de delito por ideación (espero que no llegue a la práctica) de acusación en falso y falsificación documental.
Entonces la abogada que me asesoro a mi no es abogada?
Resumo:
Yo: ¿puede tener alguna consecuencia para mi el registrarlo con mis apellidos (cosa que dada la situación me aconsejo)?
Abogada: no, si el cree ser el padre e interpone una demanda de paternidad, una vez que se demuestre que lo es, mediante prueba de ADN, se celebrará un juicio donde el juez dirá para quien es la custodia, visitas, pensión etc. A ti no te pasa nada puesto que eres madre y soltera y el niño pudiera ser de él o no.
Mientras tenga tus apellidos no te puede reclamar nada pues es solo tu hijo legalmente y lo normal es que la custodia siga siendo tuya siempre que hasta que se celebre el juicio que puede tardar dos años el niño este bien atendido.
No hizo falta llegar a eso gracias a dios, pero asi me dijo la persona que era ABOGADA, que yo no lo soy pero ella si.
Y por cierto, gratuita, de servicios sociales, por tanto no cobraba de mi por decirme eso.
Porque si tu lo inscribes con tus apellidos no estas mintiendo, es tu hijo.
Cuando he ido al registro con el padre de mi hijo para que lo reconozca hace un par de meses, he tenido que estar presente y firmar como que estaba de acuerdo, sino no hubiera podido sin prueba de ADN.
Por otro lado, independientemente de los sms, solo la madre sabe si es el padre o no o si a tenido relaciones simultaneas. No se puede demostrar las dudas de la madre incluso siendo falsas, solo si la persona es padre o no, a las malas, con ADN.
La misma mujer del registro me dijo, el padre lo puede reconocer en cualquier momento pero solo con tu consentimiento sino a juicio. Y para inscribirlo igual, con mi consentimiento y presencia de ambos, sino no se puede.
Por supuesto se que Nuria sabe mucho de estos temas, eso si, yo se lo que he vivido y lo que me han dicho, tanto la abogada como servicios sociales como en el registro civil.
Siento discrepar con vd gorana, los sms sirven como prueba y asi existe amplia jurisprudencia y doctrina de nuestras A.P, de ahi que la coducta pueda resultar dolosa,
le repito que no soy abogado, pero Nuria si lo es y ya a respodido de modo impecable como indica pulpo paul, la ley es dura pero es la ley, solo intento ayudar de una manera humilde como muchos de los que andamos por aqui, ahora bien, cada cual debe respoder de sus actos, pues el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.
Un saludo.
Pero que exageración amo a mis hijos! Ella no falsea ningun documento, esta escribiendo a su hijo en el registro civil....falseara el funcionario del turno si algo pone mal....Ademas, aunque tu vayas sola sin el padre y les dice alto y claro SE QUIEN ES EL PADRE DE MI HIJO, no sirve de nada, ademas no lo tienes que esconder, pero si no esta el padre alli a firmar se le inscribe con los apellidos de la madre. Pueden poner en observaciones que la madre dice que sabe que el fulanito es el padre, pues nada, solo sirve que si el pone demanda de paternidad se ahorra el dinero de ADN. Pero ni te van a mirar los SMSs, ni nada....para que? Para que se haga un convenio regulador. Ademas ella misma puede un dia demandar la paternidad y no es delito....
Art 392 C.P.
El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
Espero haberle ayudado.
Un saludo.