Alguien, amablemente, me puede decir si puedo hacerme pareja de hecho en una localidad donde deje de residir hace dos meses?.Es decir, ahora resido en otra donde saque un volante de empadronamiento y ,siendo asi, no se me permite sino cumplido un año de residencia, emparejarme.
¿Seria factible con un volante de la localidad anterior,emparejarme en la actual?; ¿Me seria posible en alguna de las dos,bajo otra formula?.
Por otro lado, inscribirse como pareja de hecho,¿impederia que ejecutasen orden de expulsion de una persona sin papeles?
Gracias de antemano por la ayuda que me puedan prestar en este asunto.
Para lo relativo a la inscripción en los Registros de Parejas de Hecho, debe estarse a la previsión de la ley o reglamento autonómico correspondiente o en defecto de ellos, al reglamento municipal, si se trata de un Registro municipal.
En todo caso, los Ayuntamientos exigen que ambos miembros de la pareja estén empadronados en el mismo Ayuntamiento y en la misma vivienda. Y algunos, exigen un determinado tiempo de empadronamiento en el Ayuntamiento, que debe ser continuado.
Si usted se cambio a vivir a otro municipio y se empadronó en su Ayuntamiento y volviese a vivir en el municipio donde vivía antes, comenzará a correr otra vez el tiempo, no puede sumarse el anterior.
Si se inscribe como pareja de hecho en un Registro Público establecido para el efecto en España y usted es español o nacional de origen de otro Estado miembro de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza, la persona extranjera extracomunitaria, tiene derecho a que le sea aplicado el régimen comunitario y por tanto, a solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.
Si la persona tuviera una orden de expulsión, pueden solicitar que sea revocada o en defecto de solicitud expresa de ustedes, será la autoridad competente la que, comprobado que concurren los requisitos exigidos por la normativa y no hay motivos de orden público, seguridad del Estado o sanitarios para denegarlo, quien deberá revocar de oficio la orden de expulsión, antes de conceder la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.