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¿Puedo en estado de alerta?

1 Comentarios
 
¿puedo en estado de alerta?
29/03/2020 18:53
Tengo un perro en mi segunda residencia a 40 km de la principal. Entiendo que en el momento que nos encontramos también puedo ir cada 3 o 4 días a dejarle comida y agua para unos días y limpiarle el sitio donde está. De lo contrario mi perro estaría en un riesgo que no me gustaría y además estaría incurriendo en un delito de maltrato animal. De normal me paso allí los fines de semana y le dejo comida y agua el domingo que le dura perfectamente hasta el viernes pero ahora no me quedo allí y voy cada 4 días a reponerle agua y comida. Llevo su cartilla veterinaria para justificar el desplazamiento. No me han parado aún. Tengo derecho o tendré problemas? Gracias
30/03/2020 11:00
Lucasbm
Entiendo que no puedes desplazarte para asistir a tu mascota, las salidas permitidas estan claras en el Decreto. Si bien puedes sacar a pasear al animal, está terminantemente prohibidos desplazarse a segundas residencias, por lo que, la única solución será que traigas tu mascota a tu domicilio habitual.
Espero que te haya servido de ayuda