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Puedo empadronarme estando como turista?

15 Comentarios
 
05/01/2022 23:15
marticc
Hola gracias! Por la información! Muy clara! Y te informo que solo tengo recidencia más no soy ciudadana mexicana.. entonces si podría solicitar el asiló!! Ya me informaré más del tema mil gracias por tu valiosa información ... Bonita tarde .
04/01/2022 14:47
Hola Ydelys1964,

Sí que puedes regularizar tu situación, el problema es que hay docenas de maneras diferentes de hacerlo, y orientarte en un foro es complicado.

Si sigues siendo venezolana, la opción más fácil es pedir asilo, seguramente te lo denieguen (porque vienes de México), pero, mientras se tramita, podrás residir e incluso trabajr en España, y en caso de denegarse podrás optar a otros permisos (o por causas humanitarias, o si no te lo dieran, un arraigo). Más info aquí:
http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/oficina-de-asilo-y-refugio

Si ya no eres venezolana, yo pasaría del asilo, y pasaría a mirar esta web (recopila todos los permisos):
https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/listado_completo/index.html

Yo empezaría mirando si se te puede aplicar la opción 104 y la 12 (por ese orden). En caso de que no tengas familia en España, pasaría a mirarme la 17, la 29, la 10, 107, la 106 ó la 3.

Por otro lado, si tienes dinero para invertir o eres trabajadora altamente cualificada, igual te interesa alguno de los permisos que aparecen aquí:
https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/UnidadGrandesEmpresas/ley14_2013/index.html.

Bueno, con esto tienes info y lectura para un rato.
Saludos,
04/01/2022 05:31
Hola buenas noche, por favor si me podría dar información o orientar !! Soy venezolana tengo recidencia mexicana!! Y pienso emigrar a España el próximo año. Tengo posibilidades de regularizar mi situación migratoria! En España! O que puedo hacer para regularizar mi situación !! Ante mano gracias por su atención
29/08/2021 00:18
Muchísimas gracias, que pase un buen fin de semana.
28/08/2021 23:56
AdrianPP
Hola:

Puede inscribirse con ella en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Foral de Navarra. Y una vez inscritos, ella podrá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/registro-unico-de-parejas-estables-de-navarra


Un cordial saludo.
28/08/2021 20:07
Buenas Conde quisiera hacer una consulta, yo actualmente vivo en España tengo ciudadanía española, actualmente tengo una relación con una chica de Argentina que vive allá. En un futuro próximo me gustaría que viniera a vivir conmigo a España. Tengo una situación económica buena puesto que tengo un buen trabajo. Me gustaría saber cuál sería la forma legal para que ella pueda obtener un permiso de residencia, yo vivo en Navarra más exacto en Pamplona. Muchas gracias de antemano.
03/08/2021 22:51
Elchino1990
Hola:

Mientras dure su permanencia autorizada como visitante temporal (turista), usted puede circular libremente por todo el espacio de Schengen. Por tanto, puede visitar libremente todos los demás países que integran el espacio de Schengen durante ese período.

Si ya hubieran transcurrido los 90 días de estancia autorizada como turista, pasará a hallarse en situación de salida obligatoria durante los 15 días hábiles siguientes a la caducidad de su estancia: durante ese período, puede irse libremente de España sin riesgo de sanción. Pero si ya pasa ese período, entonces sí podrá ser sancionado por permanencia irregular en España.

La sanción por la mera estancia irregular en España es la multa. La expulsión se podrá acordar si, además de estancia irregular, concurren otros motivos relacionados con el orden público y la seguridad del Estado, que se tendrán que valorar en cada caso concreto. Y en todo caso, siempre se ha de seguir el procedimiento administrativo pertinente, con audiencia al interesado y la resolución que se adopte puede ser recurrida en vía administrativa (recurso potestativo de reposición) y también en vía judicial contencioso-administrativa.

Un cordial saludo.
02/08/2021 02:24
Buenas noche y disculpe la hora, antes que todo muchas gracias por darme respuesta de lo antes planteado. Quisiera saber que se me olvidó preguntar si puedo correr algún riesgo de ser deportado después de transcurrir los 90 días de mi estancia. Por que primero quiero viajar a Francia estar un tiempo aya y luego regresar a españa y luego quedarme gracias. Disculpe tanta molestia.
02/08/2021 01:24
Elchino1990
Hola:

1.- Sí, puede empadronarse con su pasaporte en el ayuntamiento del municipio donde se establezca en España.

2.- El empadronamiento no le confiere la calidad de residente legal en España. Simplemente prueba que usted reside en el municipio, pero no tiene efecto alguno en lo que respecta a la calidad de residente legal. La concesión de autorización de residencia en España a extranjeros extracomunitarios es materia de competencia exclusiva de la Administración General del Estado y lo hace a través de la Subdelegación del Gobierno en la respectiva provincia.

En cambio, le permitirá solicitar la tarjeta sanitaria individual y tener cubierta la atención sanitaria.

3.- Sin embargo, el empadronamiento le puede servir para acreditar la continuidad de su permanencia en España y poder solicitar, luego de tres años, una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social, siempre que cumpla además con los otros requisitos establecidos por la normativa.

Un cordial saludo.
31/07/2021 22:23
Buenas tardes soy cubano y quiero ir como turista a España puedo empadronarme al llegar y si así puedo obtener algún beneficio pasado los 90 días de mi visa. Espero respuesta muchas gracias.
09/04/2018 05:05
Condedecartagena
Hola conde veo q esta conectado y aprovecho a darle gracias por tan buena explicacion ahora amigo mio necesito de su ayuda podria por aqui mismo consultar con usted un tema q necesita de algo de discrecion o tiene algun correo privado para escribirle sin mas un cordial saludo Ecosky
31/03/2018 01:46
Condedecartagena
Hola Conde necesito q si usted puede me de un correo electronico suyo para preguntarle una duda q tengo hacerca de algo pero necesito que como usted mismo dice Sea discreto o sea necesito un poco de discrecion encuanto a lo que le voy a abordar espero tenga algo de tiempo para mi me urge mucho Saludos.
26/07/2011 23:31
Madre mia!!! Muchisimas gracias, no esperaba una respuesta tan completa. :D Lo haré todo tal y como usted me ha indicado. Muchas gracias de nuevo.
26/07/2011 19:48
Nota.- Estará sujeta al régimen comunitario, por tanto, podrá residir y trabajar sin limitaciones. La tarjeta tendrá una validez de 5 años.

Recomendación.- Procure ser discreta con lo que pretende hacer en su entorno próximo aquí en España, al menos, hasta que tenga en su poder la tarjeta. No porque haya algo de ilícito al respecto, porque es perfectamente legal. Pero mejor que actúe paso a paso, de manera reservada y siguiendo meticulosamente el plan trazado. Mucha gente hay a la que le parece extraño que sea tan fácil conseguir la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. Pero no es tan fácil como parece, varía de un lugar a otro de España, hay Comunidades Autónomas donde lo ponen difícil porque no permiten el acceso a extranjeros en situación irregular o no residentes en España al Registro de Parejas de Hecho. Y a eso, se une el tiempo de espera que tienen en algunas Comunidades Autónomas, tanto para conceder la cita previa para presentar la solicitud, otro tanto en inscribir y luego, la cita previa, a la vez, para presentar la solicitud de tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

NOTA.- No olvide solicitar su TARJETA SANITARIA INDIVIDUAL, una vez que se haya empadronado en el Ayuntamiento; debe dirigirse al ambulatorio más cercano a su domicilio. Con su pasaporte, más el certificado de empadronamiento y rellenando el impreso que le facilitarán, el apartado de que se acoge a la disposición legal de cobertura sanitaria por no estar cubierta por otro sistema. Le entregarán la tarjeta sanitaria provisional del Servei Catalá de la Salut, hasta tanto le envían la definitiva (de plástico), a su domicilio. De ese modo, estará protegida desde el principio, por si necesitase atención médica (nunca se sabe). Luego, cuando consiga trabajo y le expidan su número de afiliación a la Seguridad Social y comience a cotizar, solo tendrá que entregar la certificación en tal sentido.

Un cordial saludo.
26/07/2011 19:40
Hola. Sí, necesita empadronarse. Lo que usted pretende hacer, he visto hacerlo a muchas personas en los últimos meses, es posible, porque la normativa vigente en España lo permite y no hay nada de ilícito ni irregular en ello. He conocido casos de gente que se ha empadronado , cuando ha llegado a Barcelona, siendo todavía de día, ¡ apenas saliendo del Aeropuerto de El Prat de Barcelona !

La Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que toda persona que viva en España (independientemente de su nacionalidad y de su situación jurídica-administrativa), DEBE empadronarse. Por tanto, no solo es un requisito previo para poder tener acceso a muchas cosas más, sino que es un deber para quien se instala a vivir en España.

Luego, en su caso, no olvide traer su certificado de ESTADO CIVIL, expedido por el Registro Civil de su país, debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya. Y su novio debe solicitar la Fe de vida y estado en el Registro Civil de su ciudad.

Una vez que llegue a Salou, la hoja de ruta sería:

1.- Empadronarse.

2.- Dirigirse a cualquier notaría y otorgar un ACTA DE CONSTITUCIÓN DE PAREJA DE HECHO, al amparo de lo dispuesto en la Ley de Libro Segundo del Código Civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia (cuesta entre 50 - 70 euros hacerlo). Al notario debe exhibirle, aparte de su pasaporte en vigor, el DNI español de su novio, su certificado de estado civil, la fe de vida y estado de su novio y los certificados de empadronamientos de ambos.

3.- Dirigirse al Ayuntamiento de Salou y solicitar la inscripción como pareja de hecho estable en el Registro de Parejas Estables. Deberán aportar: la solicitud, debidamente cumplimentada; las declaraciones responsables que les darán para que firmen, en el sentido de no ser parientes entre sí, no tener constituida otra unión de hecho y no hallarse inscritos en otro Registro de España; también fotocopias de la COPIA del acta de constitución como pareja de hecho, de los certificados de estado civil de ambos, pasaporte suyo, DNI de su novio y certificados de empadronamiento de ambos (deben estar empadronados en la misma vivienda).

4.- Cuando obtenga el certificado de inscripción como pareja de hecho (en las ciudades pequeñas demoran menos que en las grandes), debe solicitar cita previa en la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en Tarragona y presentar el impreso EX-19, que puede descargarse de Internet, por duplicado, junto con: copias de pasaporte en vigor, DNI de su novio (mostrando originales para que compulsen y devuelvan), certificado de inscripción en el Registro Municipal de Parejas de Hecho de Salou, certificados de estado civil de ambos (copias para que compulsen a la vista y devuelvan los originales) y certificados de empadronamiento de ambos.

El resguardo que le den, será título suficiente para acreditar la legalidad de su permanencia en España, hasta que le sea expedida la tarjeta. En Tarragona no sé cómo tengan establecido su sistema, acá en Barcelona capital en el mismo acto, si todo está en orden, expiden una citación, ya asignándole NIE a la persona, para que comparezca dentro de 15 días a la Comisaría de Policía a que se le expida la tarjeta. Una vez que ponga las huellas, tendrá que esperar un mes para que le entreguen la tarjeta.
Puedo empadronarme estando como turista?
26/07/2011 17:29
Hola, soy mexicana y voy a viajar como turista a España, concretamente a Salou (Tarragona) para hacerme pareja de hecho con mi novio español y asi obtener la tarjeta de familiar de comuniario y poder quedarme legal. Para poder hacernos pareja de hecho necesito estar empadronada? Y si es asi, puedo empadronarme estando como turista, al dia siguiente de llegar? Es que he leido que hasta pasados 90 dias, hasta que se acabe el tiempo permitido como turista no se puede, es cierto eso? Gracias de antemano. :D